En momentos de crisis, las empresas disponen de diferentes mecanismos legales para adaptar sus recursos al descenso en la demanda de productos y servicios, entre los que destacan la suspensión de los contratos de trabajo, las reducciones de jornada y las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.
El Estatuto de los Trabajadores habilita al empresario para introducir estas modificaciones, siempre que concurran causas justificadas y se observen las preceptivas exigencias de forma y procedimiento.
¿Cuáles son esas causas?
¿Cuál es el procedimiento adecuado para implementarlas?
Nuestro Socio de Laboral, Juan Carlos Martín, analiza cómo deben implementarse estas medidas, qué alcance tienen y cuáles son sus efectos.