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Implicaciones Fiscales

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Resumimos a continuación las medidas fiscales que incorpora el Real Decreto-ley publicado hoy en el BOE, centradas principalmente en el sector energético, y que afectan a los siguientes impuestos:
Contenido

Impuesto sobre el Valor de la producción eléctrica

Se prevé la revisión de los parámetros retributivos aplicables a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, como consecuencia de la
suspensión del impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica en el segundo trimestre del año (disposición adicional segunda RDL.

Se prorroga hasta el 30 de junio de 2022 la suspensión temporal de este impuesto y se modifica la forma de determinación de la base imponible y del importe de los pagos fraccionados del este Impuesto durante el ejercicio 2022 (disposición final trigésima sexta RDL)

             

Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto Especial sobre la Electricidad

Se prorroga hasta el 30 de junio de 2022 la aplicación del tipo impositivo reducido del 10 por 100 a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de energía eléctrica prevista en el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua, así como la aplicación del tipo impositivo del 0,5 por ciento del Impuesto Especial sobre la Electricidad establecida en el Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad (disposición final trigésima sexta RDL)

 

Impuesto sobre Hidrocarburos

Con efectos desde el 1 de abril de 2022, la devolución de las cuotas por los suministros efectuados se realizará a la finalización de cada mes natural, en lugar de a la finalización del trimestre natural.

A estos efectos, se modifica la Orden HAP/290/2013, de 19 de febrero, por la que se establece el procedimiento para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional (disposición final decimoquinta)

Por último, señalar que se modifica la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para establecer que, si como consecuencia de un ciberincidente, se ven gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, la Administración podrá acordar la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos (Disposición final vigésima primera)