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Normas internacionales de información financiera
Nuestros asesores en materia de NIIF le pueden ayudar a gestionar la complejidad de las normas.
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Un componente fundamental de nuestra estrategia global consiste en promover la prestación de un servicio al cliente coherente y de alta calidad en todo el mundo.
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Aplicamos nuestra metodología de auditoría global a través de un conjunto integrado de herramientas de software.

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Con independencia de si se trata de una empresa dinámica de tamaño mediano o una gran multinacional, le ofrecemos acceso de manera personal a cada uno de nuestros profesionales tributarios más experimentados en todo el mundo.
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Ofrecemos un asesoramiento laboral y una gestión de RRHH adaptada a cada organización. Gracias a nuestra dilatada experiencia contribuimos a incrementar la eficacia y rentabilidad de su capital humano.
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Nuestros abogados, expertos en las áreas del derecho mercantil, administrativo, procesal, civil y laboral, trabajan en estrecha colaboración con el resto de profesionales de Grant Thornton para prestarle un asesoramiento que va más allá de la mera práctica jurídica, ofreciéndole nuestros conocimientos, experiencia y visión integral del negocio a nivel local y global, todo ello para ayudarle a hacer frente con seguridad a los desafíos y retos de su negocio.

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Control de gestión
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión contable
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Gestión fiscal
Las obligaciones tributarias afectan a la mayor parte de las decisiones que se toman en su empresa. Sean cuales sean las necesidades específicas de su sector, le daremos una respuesta ágil y plantearemos soluciones específicas para su compañía.

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Big Data: CitizenLab
CitizenLab es un proyecto pionero de Grant Thornton que utiliza Big Data e Inteligencia Artificial para analizar patrones de comportamiento ciudadano y desarrollar soluciones predictivas de alto impacto.
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Estado de Información No Financiera y Diversidad
Con fecha 29 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, con entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
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Fondos europeos de recuperación
Para hacer frente a la actual crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, la Comisión Europea diseñó en el verano de 2020 un nuevo fondo de recuperación denominado Next Generation EU. El principal objetivo de este fondo es financiar programas de reformas e inversiones en los países más afectados.

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Entidades financieras
El equipo global de banca de Grant Thornton está compuesto por responsables de las distintas líneas de servicio, así como de las distintas regiones y países, que cuentan con la experiencia necesaria para dar apoyo a los clientes en más de 80 países.
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Gestión de activos financieros
El aumento de la regulación y las exigencias de los inversores en materia de rentabilidad y transparencia llevan aparejados nuevos desafíos para el sector de la gestión de activos.

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Gestión de activos de energías renovables
Nuestro equipo de Energía está especializado en la Gestión 360º de Activos de Energías Renovables.

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El sector de los medios se encuentra dominado por la revolución tecnológica y está afectando a todos los ámbitos del negocio.
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La capacidad para anticiparse y adaptarse es más importante que nunca en el sector de la tecnología.
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Telecomunicaciones
A pesar de la importante reducción de los márgenes que ha afectado a los balances de estas empresas en todo el mundo, las compañías de telecomunicaciones están llevando a cabo el despliegue de nuevas tecnologías de redes para satisfacer la insaciable demanda de ancho de banda existente.


¿A quién van dirigidas estas medidas?
Las medidas de revisión excepcional de precios aprobadas serán de aplicación, siempre que se cumplan las condiciones establecidas (y a las que a continuación nos referiremos), a los adjudicatarios de contratos públicos de obras, ya sean administrativos o privados, adjudicados por cualquiera de las entidades que formen parte del sector público estatal, que se encuentren en ejecución en el momento de la entrada en vigor de la norma (2 de marzo de 2022).
En caso de contratos de obra adjudicados por el sector público autonómico y/o local la aplicación del régimen de “revisión excepcional” queda condicionado a “que así lo acuerden” (y ello sin perjuicio de que existan otras vías alternativas de reclamación de la revisión y/o del reequilibrio).
¿Qué requisitos deben concurrir para el reconocimiento del derecho a la revisión excepcional de precios?
En primer lugar, que el incremento del coste de los materiales empleados para la obra adjudicada haya tenido un impacto directo y relevante en la economía del contrato durante el ejercicio 2021.
De esta manera, se considerará que existe ese impacto cuando el incremento del coste de materiales siderúrgicos, bituminosos, aluminio o cobre, calculado aplicando a los importes del contrato certificados en el ejercicio 2021 su fórmula de revisión de precios si la tuviera, y en su defecto aplicando la que por la naturaleza de las obras le corresponda de entre las fijadas en el Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre, exceda del 5% del importe certificado del contrato en el ejercicio 2021.
Y, en segundo lugar, que la cuantía de la revisión excepcional no podrá ser superior al 20% del precio de adjudicación del contrato.
¿Cómo se solicita la revisión excepcional de precios?
El contratista tendrá que presentar ante el órgano de contratación su solicitud de revisión excepcional de precios.
Dicha solicitud tendrá que presentarse en el plazo de dos meses a contar bien desde la entrada en vigor de la norma (2 de marzo de 2022), o bien desde la publicación de los índices mensuales de los precios de los componentes básicos de costes, relativos al último trimestre de 2021, si dicha publicación fuera posterior.
Junto a la solicitud deberá acompañarse la documentación necesaria para acreditar la concurrencia de las circunstancias de excepcionalidad que establece la norma.
El órgano de contratación debe apreciar que se cumple la circunstancia de excepcionalidad. Si considera que no se ha aportado debidamente la documentación, concederá un plazo improrrogable de 7 días hábiles al contratista para subsanar el defecto. Si no se subsana en plazo, se denegará la solicitud.
El órgano de contratación debe dictar una propuesta provisional indicando si procede o no reconocer la revisión excepcional de precios y la fórmula aplicable al contrato, dando traslado al contratista por un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones.
El órgano de contratación resolverá motivadamente la solicitud en el plazo de un mes a contar desde la recepción de las alegaciones o finalización del plazo para presentarlas. Si no se produce la resolución expresa en el citado plazo, faculta al solicitante para entenderla desestimada por silencio administrativo negativo.
La concesión de la revisión excepcional de precios no requerirá reajuste de la garantía definitiva.
¿Cuándo y cómo se realizaría el pago de la cuantía resultante?
La cuantía resultante se aplicará en la certificación final de la obra, pero el órgano de contratación estará facultado para realizar pagos a cuenta a la fecha de pago de cada certificación de obra.
Su pago queda condicionado a que el contratista desista, acreditándolo fehacientemente, de cualquier reclamación, recurso administrativo o acción judicial que hubiera interpuesto por causa del incremento del coste de los materiales del contrato concreto.
El importe se corregirá, en su caso, al alza o a la baja, en la liquidación del contrato, con los índices oficiales definitivos correspondientes al período en que se haya aplicado la revisión.
Para asegurar la protección de los subcontratistas, se obliga a los contratistas que perciban la cuantía resultante de la revisión excepcional de precios a repercutir a los subcontratistas la parte de la misma que corresponda a la porción de la obra subcontratada.
Grant Thornton pone a sus socios y profesionales del Área Legal, altamente cualificados en la materia, a disposición de sus clientes y de quienes precisen asesoramiento sobre cualquier cuestión relacionada con la contratación pública y demás áreas del Derecho Administrativo.