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Normas internacionales de información financiera
Nuestros asesores en materia de NIIF le pueden ayudar a gestionar la complejidad de las normas.
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Seguimiento de calidad en auditoría
Un componente fundamental de nuestra estrategia global consiste en promover la prestación de un servicio al cliente coherente y de alta calidad en todo el mundo.
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Tecnología de auditoría global
Aplicamos nuestra metodología de auditoría global a través de un conjunto integrado de herramientas de software.
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Asesoramiento en transacciones
Le ayudamos a completar con éxito sus operaciones corporativas en todas las fases del ciclo de su negocio. Las operaciones corporativas se dan en el ciclo de vida de todo negocio dinámico, por lo que hay mucho en juego tanto para los compradores como para los vendedores.
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Forensic: investigación de fraude e irregularidades, informes periciales
El panorama comercial cambia a gran velocidad. El entorno actual, cada vez más regulado, implica que las organizaciones deban adoptar unos procesos de cumplimiento y de buen gobierno más exigentes.
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Fusiones y adquisiciones - M&A
Asesoramos a corporaciones, empresas o inversores privados durante procesos de inversión, fusión o desinversión (M&A), diferenciándonos a través de un proceso proactivo, proponiendo soluciones innovadoras y mitigando riesgos
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Impulso I+D
La inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación son fundamentales para enfrentarse a los grandes retos que presenta nuestra economía, tanto para las empresas como para la sociedad en general. En España, existen determinados incentivos fiscales a la inversión en I+D+i, así como instrumentos de financiación que permiten impulsar esta tipología de proyectos desde el punto de vista de la financiación privada.
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Mediación en conflictos de naturaleza económico-financiera
Prestamos el servicio de mediación civil y mercantil en conflictos relativos a operaciones corporativas, en procesos de reestructuración, valoraciones, disputas entre accionistas y cualquier otra materia en la que nuestro conocimiento técnico pueda ayudar a las partes a llegar a un acuerdo.
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Valoraciones
Prestamos un asesoramiento sólido en el ámbito de las valoraciones a organizaciones que se encuentran inmersas en una operación corporativa, en una disputa o en un proceso de reestructuración, en los que el valor del negocio o de sus activos es un aspecto clave de la transacción.
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Fiscal
Con independencia de si se trata de una empresa dinámica de tamaño mediano o una gran multinacional, le ofrecemos acceso de manera personal a cada uno de nuestros profesionales tributarios más experimentados en todo el mundo.
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Laboral
Ofrecemos un asesoramiento laboral y una gestión de RRHH adaptada a cada organización. Gracias a nuestra dilatada experiencia contribuimos a incrementar la eficacia y rentabilidad de su capital humano.
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Legal
Nuestros abogados, expertos en las áreas del derecho mercantil, administrativo, procesal, civil y laboral, trabajan en estrecha colaboración con el resto de profesionales de Grant Thornton para prestarle un asesoramiento que va más allá de la mera práctica jurídica, ofreciéndole nuestros conocimientos, experiencia y visión integral del negocio a nivel local y global, todo ello para ayudarle a hacer frente con seguridad a los desafíos y retos de su negocio.
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Consultoría de negocio
La globalización y los cambios tecnológicos están generando efectos verdaderamente disruptivos en los modelos de negocio tradicionales.
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Solicita Kit Consulting | Asesor Digital
Solicita tu kit Consulting con Grant Thornton. Revisa los servicios de asesoramiento digital 100% subvencionados y los requisitos para acceder. ¡Descubre más!
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Tecnología e Innovación
La explosión de datos generada por las tecnologías digitales junto con el nuevo grado de interconexión entre las organizaciones, significa que existe un alto margen de oportunidad de ataque a los sistemas informáticos de cualquier compañía.
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Risk Advisory Services
Ayudamos a las empresas a reforzar la gestión de sus riesgos con un enfoque innovador que impulsa su crecimiento
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Web 3 y Activos Digitales
Tras el auge de los últimos años, el ecosistema de los activos digitales ha conseguido situarse como uno de los sectores con mayor crecimiento.
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Ciberseguridad
Tres de cada diez empresas españolas han sufrido ciberataques en el último año. A medida que las organizaciones incrementan su dependencia de las tecnologías digitales, aumentan también las oportunidades para los ciberdelincuentes.
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Auditoría Interna
El impacto del deporte en nuestra sociedad se vincula a la tecnología de manera cada vez más intensa, convirtiendo las relaciones entre los diferentes actores en un escenario ideal en el que desarrollar los más innovadores modelos de gestión y generación de ROI.
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Control de gestión
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión contable
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión de nóminas
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión fiscal
Las obligaciones tributarias afectan a la mayor parte de las decisiones que se toman en su empresa. Sean cuales sean las necesidades específicas de su sector, le daremos una respuesta ágil y plantearemos soluciones específicas para su compañía.
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Estado de Información No Financiera y Diversidad
Con fecha 29 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, con entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
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Fondos europeos de recuperación
Para hacer frente a la actual crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, la Comisión Europea diseñó en el verano de 2020 un nuevo fondo de recuperación denominado Next Generation EU. El principal objetivo de este fondo es financiar programas de reformas e inversiones en los países más afectados.
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Oportunidades de crecimiento entre China y Europa
La salida de Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT) es sin duda uno de los puntos clave de la actualidad política y económica. Durante los últimos meses se han planteado diversos escenarios de actuación, posicionando a las empresas, sus clientes y sus profesionales ante un marco disruptivo de cambio que afectará a la operativa de los mercados.
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Novedades PERTE VEC Implicaciones fiscales para empresas en el PERTE VECDescubre las implicaciones fiscales para el PERTE VEC, incluyendo tributación, deducción de gastos, atribución de rentas y obligaciones fiscales.
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Informe V Observatorio de la Movilidad SostenibleDesafíos de la movilidad intermodal: sostenible, conectada, eficiente y segura
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Automoción y Movilidad Soluciones y retos del vehículo conectado y autónomoDescubre avances y retos de los vehículos conectados y autónomos, su impacto en la movilidad y la importancia de la ciberseguridad
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Nuevo Master Impulsamos el Máster en Innovación y Estrategia global de MovilidadEl primer Máster de Formación Permanente en Innovación y Estrategia global de Movilidad, en el que Grant Thornton asesora como consejero
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Entidades financieras
El equipo global de banca de Grant Thornton está compuesto por responsables de las distintas líneas de servicio, así como de las distintas regiones y países, que cuentan con la experiencia necesaria para dar apoyo a los clientes en más de 80 países.
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Gestión de activos financieros
El aumento de la regulación y las exigencias de los inversores en materia de rentabilidad y transparencia llevan aparejados nuevos desafíos para el sector de la gestión de activos.
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Gestión de activos de energías renovables
Nuestro equipo de Energía está especializado en la Gestión 360º de Activos de Energías Renovables.
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BIM
BIM consiste en el proceso de generación y gestión de información de un edificio o infraestructura durante su ciclo de vida, utilizando un modelo virtual del proyecto en el que poder interactuar entre todas las partes y plasmar cambios con rapidez y transparencia, ahorrando tiempo y optimizando costes.
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Medios
El sector de los medios se encuentra dominado por la revolución tecnológica y está afectando a todos los ámbitos del negocio.
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Tecnología
La capacidad para anticiparse y adaptarse es más importante que nunca en el sector de la tecnología.
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Telecomunicaciones
A pesar de la importante reducción de los márgenes que ha afectado a los balances de estas empresas en todo el mundo, las compañías de telecomunicaciones están llevando a cabo el despliegue de nuevas tecnologías de redes para satisfacer la insaciable demanda de ancho de banda existente.
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Nuestros valores
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
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Cultura Global
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
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Formación y desarrollo
En Grant Thornton creemos que la formación te permitirá alcanzar tu máximo potencial día a día. Y cuando damos lo mejor de nosotros mismos, somos capaces de ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.
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Movilidad global de nuestro talento
Uno de los principales atractivos de desarrollar tu carrera profesional en Grant Thornton es la posibilidad de trabajar en proyectos internacionales por todo el mundo.
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Diversidad
La diversidad nos ayuda a responder a las demandas de un mundo cambiante. En Grant Thornton valoramos que nuestros profesionales procedan de un amplio espectro de ámbitos y que esta diversidad de experiencias y perspectivas haga nuestra organización más firme y sólida.
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In the community
En Grant Thornton reconocemos las actividades de responsabilidad social corporativa desarrolladas por nuestros profesionales, ya sea trabajando con ONGs, respaldando la educación, la sanidad o el medio ambiente.
“Adelantándose casi dos décadas al pronunciamiento dado a conocer recientemente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 22 de diciembre de 2022 (asunto C-392/21), el Juzgado de lo Social de Bilbao consideró en su sentencia núm. 418/2004, de 30 de septiembre la procedencia de condenar a una empresa al abono de las gafas graduadas (lentes progresivas) de un trabajador dedicado a labores administrativas en un Banco.
Tras acudir al Servicio de Oftalmología de la Seguridad Social, al trabajador se le detecta un déficit de agudeza visual, dificultando su operatividad con pantallas de terminales PVD a la distancia de trabajo habitual, prescribiéndole así la necesidad de uso lentes correctoras. En atención a este aspecto y, tras consultar a la empresa en qué lugar podría adquirir las mismas, el trabajador acude dos meses más tarde a la Mutua UMI, quién tras un segundo examen oftalmológico, ratifica asimismo la necesidad de utilizar lentes progresivas para su trabajo donde opera con pantallas de terminales PVD.
En atención a lo expuesto, el Juzgado amparaba su decisión en lo previsto en el artículo 4.3 del RD 488/1997 sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y de Salud relativas al trabajo con Equipos que incluyen pantallas de visualización. Señalaba en este sentido que el empresario había de proporcionar a los trabajadores dispositivos correctores especiales para la protección de la vista adecuados al trabajo con el equipo de que se tratara con carácter gratuito, siempre y cuando los resultados de la vigilancia de la salud demostraran su necesidad, no pudiendo utilizarse dispositivos correctores normales, tal y como sucedía en este caso con este trabajador que con habitualidad utilizaba un equipo de PDV y durante una parte relevante de su trabajo, conforme al artículo 2 de dicho texto legal.
En este mismo sentido, el Juzgado de lo Social aducía en su decisión el artículo 4.1 y 4.2 del referido RD, habiéndose diagnosticado por los Servicios Médicos de la Mutua concertada con el BSCH para la adecuada vigilancia de su salud de acuerdo con un protocolo de Reconocimiento, "el déficit de agudeza visual para visión distancia de trabajo" del trabajador; confirmándose así, tanto por el informe de la Mutua como por el del Oftalmólogo, la necesidad que tenía el actor de utilizar un dispositivo corrector especial para la protección de su vista que se veía perjudicada y agudizada por la fijación continua al ordenador.
Posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias emitió su dictamen (sentencia núm. 245/2008, de 26 de febrero de 2008) en un asunto similar al referido. En aplicación del artículo 4 del RD 488/1997, el Tribunal expone que el examen al que se sometió el trabajador diagnosticado con un déficit visual no tuvo relación con la vigilancia específica de un posible riesgo para la vista al que se hallase sometido el trabajador, quien a pesar de ser derivado al oftalmólogo acudió en su lugar a un óptico optometrista, que, tras haberle graduado la vista, le prescribió unas lentes correctoras que el trabajador adquirió. Por todo ello, al no haberse sometido a la necesaria valoración por el personal sanitario idóneo, no se puede concluir que tal déficit visual tuviera como causa el posible trabajo del demandante, catalogándose sus afecciones como padecimientos oculares comunes astigmatismo, así como el resultado del envejecimiento orgánico presbicia.
Así pues, la postura del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) es clara: solamente se tendrá derecho a dicho abono si se logra acreditar de forma fehaciente que el origen del déficit visual está íntimamente vinculado con el trabajo desarrollado - por el uso de pantallas de visualización en el trabajo -. Por tanto, el TSJ acaba coligiendo que el uso de las lentes por parte del trabajador y la existencia de terminales de ordenador en el local habilitado al que tenía acceso, no demuestra su permanente utilización por el demandante, ni puede constituir riesgo tal y como prevé el artículo 4.3 del RD 488/1997 referido al uso de trabajo cotidiano con pantallas de visualización, no imponiéndose al empresario la obligación de proporcionar a los trabajadores dispositivos "especiales", cuando los dispositivos correctores precisos son "normales", como los recetados al trabajador en función de su déficit visual causado por enfermedades comunes no debidos a la actividad profesional realizada para la que fue declarado apto en el reconocimiento ordinario.
En este contexto nacional, es preciso traer a colación la postura adoptada recientemente por el TJUE en el asunto C-392/21. Respondiendo a la cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Superior de Justicia de Cluj (Rumanía), la Sala Segunda del TJUE señala que la empresa ha de proporcionar o sufragar los gastos de las lentillas o gafas graduadas para el trabajo siempre que los reconocimientos médicos demuestren que dichos medios son necesarios para el desempeño de la actividad laboral.
Bajo el criterio interpretativo del Alto Tribunal Europeo y, a la luz del artículo 9.3 de la Directiva 90/270, “el reembolso por parte del empresario del coste de adquisición de un dispositivo corrector especial es conforme con el objetivo de la Directiva 90/270/CEE del Consejo, de 29 de mayo de 1990, puesto que garantiza un mayor nivel de protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores”. Así pues, habrán de proporcionarse los dispositivos correctores especiales en el supuesto de que resulten necesarios, no suponiendo carga financiera alguna para la persona trabajadora, pudiendo facilitarse directamente, mediante la entrega de tal dispositivo al trabajador afectado por parte del empresario, o indirectamente, mediante el reembolso del coste de dicho dispositivo por parte de dicho empresario. Sin perjuicio de lo anterior, el TJUE matiza en su interpretación del artículo 9 que esta obligación no se podrá realizar a través del abono al trabajador de un complemento salarial de carácter general (penosidad).
Habida cuenta de lo anteriormente indicado, la conclusión que puede extraerse del análisis de las sentencias es la inclinación de los tribunales a garantizar una mayor protección de la seguridad y salud de los trabajadores en el desempeño de su trabajo. Por tanto, no puede más que anticiparse la gran repercusión que tendrá esta sentencia en el tejido empresarial de nuestro país, al subrayarse, y siguiendo las consideraciones emitidas por la Abogacía General en sus conclusiones, la obligación atribuida a los empresarios de proporcionar o abonar el coste de los dispositivos correctores especiales para el trabajo de que se trata (incluyéndose en este término, además de las gafas, otros tipos de dispositivos que pueden corregir o prevenir trastornos de la vista) a aquellos trabajadores que presten sus servicios frente a una pantalla de ordenador y los necesiten para corregir su agudeza visual.
Por todo lo anterior, si se detecta algún trastorno de la vista por parte de la empresa una vez realizado el reconocimiento (que se puede efectuar con anterioridad a que se comience a trabajar con una pantalla de visualización), esto derivará en el nacimiento del derecho del trabajador a obtener un dispositivo corrector especial, si se constata su necesidad y no pueden utilizarse dispositivos correctores normales. En este sentido, debe puntualizarse que el trabajo con una pantalla de visualización no necesariamente tiene que ser la causa de esos trastornos, pudiendo existir éstos previamente en el trabajador, sin necesidad de que exista un nexo causal entre el trabajo con pantallas de visualización y la aparición de eventuales trastornos de la vista”.