Fiscal

Publicada la Ley de Transposición de la Directiva sobre asimetrías híbridas

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Ya está recogida en el BOE la Ley 5/2022, de 9 de marzo, por la que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas (la Ley 5/2022).

La Ley 5/2022 trae causa de la tramitación parlamentaria del Real Decreto-ley 4/2021, de 9 de marzo, que abordó inicialmente la transposición de la Directiva ATAD II, con el objetivo de anular los efectos fiscales de las asimetrías híbridas y combatir la evasión fiscal que se produce cuando determinados contribuyentes sometidos a dos jurisdicciones fiscales distintas se benefician de un tratamiento fiscal dispar o no coordinado entre las mismas.

Las asimetrías híbridas pueden darse entre un contribuyente situado en España y una entidad vinculada a este ubicada en otro país cuando las propias entidades, las operaciones que realizan o las rentas derivadas de estas operaciones tienen diferente calificación fiscal en España y en el otro país.

Mediante esta Ley se pretende evitar la deducción de un gasto en el país del ordenante del pago sin la correspondiente tributación del ingreso correlativo en el país del beneficiario, la doble deducción de un mismo gasto, así como otros supuestos que permiten utilizar estas asimetrías como mecanismo de erosión de la base imponible y de traslado de beneficios.

Las modificaciones introducidas por la presente Ley, que no varían respecto a las previstas en el Real Decreto-ley 4/2021 de 9 de marzo, salvo por una pequeña mejora técnica que se incluye, serán aplicables a las asimetrías híbridas que tienen lugar entre España y otros estados miembros de la Unión Europea, y entre España y terceros países o territorios, siempre que entre las partes que intervienen en la operación medie una relación de asociación, se ejerza influencia significativa o se actúe conjuntamente respecto de los derechos de voto o propiedad del capital, así como cuando la asimetría tenga lugar en el marco de un mecanismo estructurado.

La Ley 5/2022 entra en vigor el 11 de marzo de 2022 y las indicadas modificaciones tendrán efectos para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2020 y que no hayan concluido en dicha fecha.

En el departamento fiscal de Grant Thornton España estamos a su disposición para cualquier aclaración que pudieran precisar en relación con esta regulación.