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Normas internacionales de información financiera
Nuestros asesores en materia de NIIF le pueden ayudar a gestionar la complejidad de las normas.
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Seguimiento de calidad en auditoría
Un componente fundamental de nuestra estrategia global consiste en promover la prestación de un servicio al cliente coherente y de alta calidad en todo el mundo.
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Tecnología de auditoría global
Aplicamos nuestra metodología de auditoría global a través de un conjunto integrado de herramientas de software.
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Asesoramiento en transacciones
Le ayudamos a completar con éxito sus operaciones corporativas en todas las fases del ciclo de su negocio. Las operaciones corporativas se dan en el ciclo de vida de todo negocio dinámico, por lo que hay mucho en juego tanto para los compradores como para los vendedores.
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Forensic: investigación de fraude e irregularidades, informes periciales
El panorama comercial cambia a gran velocidad. El entorno actual, cada vez más regulado, implica que las organizaciones deban adoptar unos procesos de cumplimiento y de buen gobierno más exigentes.
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Fusiones y adquisiciones - M&A
Asesoramos a corporaciones, empresas o inversores privados durante procesos de inversión, fusión o desinversión (M&A), diferenciándonos a través de un proceso proactivo, proponiendo soluciones innovadoras y mitigando riesgos
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Impulso I+D
La inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación son fundamentales para enfrentarse a los grandes retos que presenta nuestra economía, tanto para las empresas como para la sociedad en general. En España, existen determinados incentivos fiscales a la inversión en I+D+i, así como instrumentos de financiación que permiten impulsar esta tipología de proyectos desde el punto de vista de la financiación privada.
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Mediación en conflictos de naturaleza económico-financiera
Prestamos el servicio de mediación civil y mercantil en conflictos relativos a operaciones corporativas, en procesos de reestructuración, valoraciones, disputas entre accionistas y cualquier otra materia en la que nuestro conocimiento técnico pueda ayudar a las partes a llegar a un acuerdo.
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Valoraciones
Prestamos un asesoramiento sólido en el ámbito de las valoraciones a organizaciones que se encuentran inmersas en una operación corporativa, en una disputa o en un proceso de reestructuración, en los que el valor del negocio o de sus activos es un aspecto clave de la transacción.
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Fiscal
Con independencia de si se trata de una empresa dinámica de tamaño mediano o una gran multinacional, le ofrecemos acceso de manera personal a cada uno de nuestros profesionales tributarios más experimentados en todo el mundo.
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Laboral
Ofrecemos un asesoramiento laboral y una gestión de RRHH adaptada a cada organización. Gracias a nuestra dilatada experiencia contribuimos a incrementar la eficacia y rentabilidad de su capital humano.
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Legal
Nuestros abogados, expertos en las áreas del derecho mercantil, administrativo, procesal, civil y laboral, trabajan en estrecha colaboración con el resto de profesionales de Grant Thornton para prestarle un asesoramiento que va más allá de la mera práctica jurídica, ofreciéndole nuestros conocimientos, experiencia y visión integral del negocio a nivel local y global, todo ello para ayudarle a hacer frente con seguridad a los desafíos y retos de su negocio.
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Consultoría de negocio
La globalización y los cambios tecnológicos están generando efectos verdaderamente disruptivos en los modelos de negocio tradicionales.
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Solicita Kit Consulting | Asesor Digital
Solicita tu kit Consulting con Grant Thornton. Revisa los servicios de asesoramiento digital 100% subvencionados y los requisitos para acceder. ¡Descubre más!
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Tecnología e Innovación
La explosión de datos generada por las tecnologías digitales junto con el nuevo grado de interconexión entre las organizaciones, significa que existe un alto margen de oportunidad de ataque a los sistemas informáticos de cualquier compañía.
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Risk Advisory Services
Ayudamos a las empresas a reforzar la gestión de sus riesgos con un enfoque innovador que impulsa su crecimiento
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Web 3 y Activos Digitales
Tras el auge de los últimos años, el ecosistema de los activos digitales ha conseguido situarse como uno de los sectores con mayor crecimiento.
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Ciberseguridad
Tres de cada diez empresas españolas han sufrido ciberataques en el último año. A medida que las organizaciones incrementan su dependencia de las tecnologías digitales, aumentan también las oportunidades para los ciberdelincuentes.
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Auditoría Interna
El impacto del deporte en nuestra sociedad se vincula a la tecnología de manera cada vez más intensa, convirtiendo las relaciones entre los diferentes actores en un escenario ideal en el que desarrollar los más innovadores modelos de gestión y generación de ROI.
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Control de gestión
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión contable
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión de nóminas
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión fiscal
Las obligaciones tributarias afectan a la mayor parte de las decisiones que se toman en su empresa. Sean cuales sean las necesidades específicas de su sector, le daremos una respuesta ágil y plantearemos soluciones específicas para su compañía.
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Estado de Información No Financiera y Diversidad
Con fecha 29 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, con entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
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Fondos europeos de recuperación
Para hacer frente a la actual crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, la Comisión Europea diseñó en el verano de 2020 un nuevo fondo de recuperación denominado Next Generation EU. El principal objetivo de este fondo es financiar programas de reformas e inversiones en los países más afectados.
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Oportunidades de crecimiento entre China y Europa
La salida de Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT) es sin duda uno de los puntos clave de la actualidad política y económica. Durante los últimos meses se han planteado diversos escenarios de actuación, posicionando a las empresas, sus clientes y sus profesionales ante un marco disruptivo de cambio que afectará a la operativa de los mercados.
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Novedades PERTE VEC Implicaciones fiscales para empresas en el PERTE VECDescubre las implicaciones fiscales para el PERTE VEC, incluyendo tributación, deducción de gastos, atribución de rentas y obligaciones fiscales.
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Informe V Observatorio de la Movilidad SostenibleDesafíos de la movilidad intermodal: sostenible, conectada, eficiente y segura
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Automoción y Movilidad Soluciones y retos del vehículo conectado y autónomoDescubre avances y retos de los vehículos conectados y autónomos, su impacto en la movilidad y la importancia de la ciberseguridad
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Nuevo Master Impulsamos el Máster en Innovación y Estrategia global de MovilidadEl primer Máster de Formación Permanente en Innovación y Estrategia global de Movilidad, en el que Grant Thornton asesora como consejero
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Entidades financieras
El equipo global de banca de Grant Thornton está compuesto por responsables de las distintas líneas de servicio, así como de las distintas regiones y países, que cuentan con la experiencia necesaria para dar apoyo a los clientes en más de 80 países.
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Gestión de activos financieros
El aumento de la regulación y las exigencias de los inversores en materia de rentabilidad y transparencia llevan aparejados nuevos desafíos para el sector de la gestión de activos.
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Gestión de activos de energías renovables
Nuestro equipo de Energía está especializado en la Gestión 360º de Activos de Energías Renovables.
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Medios
El sector de los medios se encuentra dominado por la revolución tecnológica y está afectando a todos los ámbitos del negocio.
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Tecnología
La capacidad para anticiparse y adaptarse es más importante que nunca en el sector de la tecnología.
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Telecomunicaciones
A pesar de la importante reducción de los márgenes que ha afectado a los balances de estas empresas en todo el mundo, las compañías de telecomunicaciones están llevando a cabo el despliegue de nuevas tecnologías de redes para satisfacer la insaciable demanda de ancho de banda existente.
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Nuestros valores
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
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Cultura Global
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
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Formación y desarrollo
En Grant Thornton creemos que la formación te permitirá alcanzar tu máximo potencial día a día. Y cuando damos lo mejor de nosotros mismos, somos capaces de ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.
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Movilidad global de nuestro talento
Uno de los principales atractivos de desarrollar tu carrera profesional en Grant Thornton es la posibilidad de trabajar en proyectos internacionales por todo el mundo.
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Diversidad
La diversidad nos ayuda a responder a las demandas de un mundo cambiante. En Grant Thornton valoramos que nuestros profesionales procedan de un amplio espectro de ámbitos y que esta diversidad de experiencias y perspectivas haga nuestra organización más firme y sólida.
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In the community
En Grant Thornton reconocemos las actividades de responsabilidad social corporativa desarrolladas por nuestros profesionales, ya sea trabajando con ONGs, respaldando la educación, la sanidad o el medio ambiente.
En el ámbito tributario se introducen numerosas modificaciones que afectan a algunas de las distintas figuras del sistema impositivo español. A continuación, se agrupan, clasificadas por materias, las principales medidas tributarias que se recogen en la mencionada Ley.
Esta batería de medidas tributarias se suma a la reciente creación de nuevas figuras impositivas como son los nuevos impuestos sobre determinados servicios digitales (tasa Google), sobre transacciones financieras (tasa Tobin) y sobre los envases de plástico no reutilizables, que ya han sido objeto de otras alertas fiscales.
Igualmente, se han aprobado recientemente y de manera separada a los PGE las siguientes medidas de aplicación en el ámbito tributario que, en su caso, serán objeto de análisis específicos : (i) la trasposición a nuestro ordenamiento de la Directiva de intermediarios fiscales (DAC 6), (ii) la introducción de novedades en el sistema Intrastat y, (iii) diversas modificaciones que afectan al contenido de declaraciones informativas (modelos 180, 182, 187, 190 198 231, y 289), así como a los modelos de autoliquidación de IVA (303, 322, 349 y 353).
Impuesto sobre Sociedades:
- Modificación del cálculo del beneficio operativo para la limitación en la deducibilidad de gastos financieros
Se modifica la regulación de la limitación en la deducibilidad de los gastos financieros suprimiendo la adición al beneficio operativo de los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de patrimonio, que se correspondan con dividendos cuando el valor de adquisición de dichas participaciones sea superior a 20 millones de euros, quedando limitada la consideración de dividendos para calcular el beneficio operativo a los que deriven de participaciones con un porcentaje de, al menos, un 5%, independientemente de cuál sea el valor de adquisición de las mismas.
- Limitación de la exención sobre dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español
Se modifica la regulación de la, hasta ahora, plena exención sobre dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores establecida en el artículo 21 de la LIS, de manera que solo podrán beneficiarse de la exención, con independencia de cuál sea su valor de adquisición, aquellas participaciones en el capital social de la entidad de la que procedan los beneficios o dividendos que representen, al menos, un 5% de los fondos propios de la entidad.
No obstante, en relación con esta medida, se ha establecido un régimen transitorio para aquellas participaciones adquiridas antes del 1 de enero de 2021 con un valor de adquisición superior a 20 millones de euros que no alcancen el 5% de los fondos propios, en relación con las cuales se podrá seguir aplicando la exención en los ejercicios 2021 a 2025.
Adicionalmente, y siendo ésta una de las medidas fiscales de mayor impacto, se reduce el porcentaje de exención sobre dividendos y rentas positivas derivadas de la transmisión de valores, del 100% actual, al 95%, en concepto de gastos de gestión no deducibles, que aplicará indistintamente del número de sociedades en la cadena de reparto de dividendos.
Excepcionalmente se prevé una salvedad para las Sociedades que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 40 millones de euros y que no formen parte de un grupo mercantil, ni tengan la consideración de entidad patrimonial, que podrán continuar aplicando la plena exención exclusivamente sobre los dividendos repartidos por una filial, residente o no en territorio español, constituida con posterioridad al 1 de enero de 2021, y únicamente durante los tres períodos impositivos siguientes al año de constitución de la entidad que reparte los beneficios.
- Modificación de la deducción para evitar la doble imposición económica internacional: dividendos y participaciones en beneficios (artículo 32 de la LIS)
En línea con lo establecido en la nueva redacción del artículo 21 de la LIS, en la aplicación de la deducción para evitar la doble imposición económica internacional para dividendos y participaciones en beneficios se suprime el requisito de que el valor de adquisición de la participación sea superior a 20 millones, limitándose a que la participación sea, al menos, del 5%.
Asimismo, se limita el alcance cuantitativo de la deducción, reduciendo la base de cálculo de la deducción en el 5% de las rentas recibidas.
Igualmente, se establece que dicha limitación a la deducción no afectará a aquellas entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 40 millones de euros, en términos similares a los anteriormente expuestos.
- Modificación de las eliminaciones del régimen de consolidación fiscal (artículo 64 de la LIS)
En consonancia con la reducción del porcentaje de la exención del artículo 21 de la LIS, se modifica el régimen de consolidación fiscal, en el sentido de que ya no se puede eliminar el 5% de los dividendos y las rentas que deban integrarse en la base imponible consolidada.
- Deducción por inversiones en producciones españolas de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y de series
En relación con los requisitos necesarios para la aplicación de la deducción por inversiones en producciones españolas de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y de series audiovisuales de ficción, animación o documental, se precisa en el relativo a la obtención del “certificado de nacionalidad” y el “certificado que acredite el carácter cultural en relación con su contenido, su vinculación con la realidad cultural española o su contribución al enriquecimiento de la diversidad cultural de las obras cinematográficas que se exhiben en España”, que dichos certificados serán vinculantes para la Administración tributaria competente en materia de acreditación y aplicación de los anteriores incentivos fiscales e identificación del productor beneficiario, con independencia del momento de emisión de los mismos.
Igualmente se establece que el límite incrementado de la deducción al 50% se aplica a las deducciones de producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales cuando estas deducciones superen el 10% de la cuota íntegra reducida en las deducciones para evitar la doble imposición internacional y las bonificaciones.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes
- Modificación de las exenciones sobre intereses y beneficios distribuidos por sociedades españolas
La exención sobre intereses y demás rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios y por ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de bienes muebles sin establecimiento permanente prevista en el artículo 14.1, apartado c) del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 5/2004, de 5 de marzo (LIRNR), se amplía a aquellos contribuyentes residentes en estados integrantes del Espacio Económico Europeo, siempre que exista un efectivo intercambio de información.
Igualmente, en línea con la modificación en el Impuesto sobre Sociedades, se suprime la posibilidad de que se acceda a la exención establecida en el artículo 14.1, apartado h) de la LIRNR para los beneficios distribuidos por las sociedades filiales residentes en España, cuando el valor de adquisición de la participación sea superior a 20 millones de euros pero que no representen, al menos, un 5% del capital social o fondos propios de la entidad emisora.
Fiscal
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¿Cuándo entran en vigor las nuevas medidas de la Ley de Presupuestos del Estado?
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¿A qué impuestos españoles afecta la nueva Ley?
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¿Qué modificaciones concretas tendrá cada impuesto?
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Modificación de los tipos de gravamen en las escalas general y del ahorro
Incremento del gravamen en 2 puntos para las rentas altas, dado que se añade un nuevo tramo en los tipos de gravamen de la escala general para aquellas rentas superiores a 300.000 euros, resultando un tipo impositivo del 24,5%, que sumado a la escala autonómica propia, fijan el tipo de gravamen marginal en un 47%. Igualmente se adecuan los porcentajes de retención sobre rentas del trabajo superiores a dicho importe.
Igualmente, se incrementa en 3 puntos el gravamen de rentas altas de ahorro, pues se ha creado un nuevo tramo en los tipos de gravamen de la escala del ahorro para aquellas rentas superiores a 200.000 euros, resultándoles un tipo impositivo marginal del 26% a partir de dicho importe.
- Modificación de la escala aplicable a los impatriados acogidos al régimen de trabajadores desplazados a territorio español
En línea con la anterior modificación, se introduce una modificación en los tipos de gravamen aplicables a los trabajadores acogidos al régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español, incrementando los tipos de gravamen para rentas del trabajo superiores a 600.000 euros hasta el 47%, y para las rentas del ahorro superiores a 200.000 euros, cuyo tipo de gravamen se aumenta al 26%.
- Reducciones en la base imponible general de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social
Se reduce cuantitativamente el límite de las reducciones por aportación a sistemas de previsión social, estableciendo que el conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del propio contribuyente, no podrán exceder de 2.000 euros anuales, frente al anterior límite de 8.000 euros anuales. No obstante, este límite se incrementa en 8.000 euros (es decir, hasta 10.000 euros) cuando el incremento provenga de contribuciones empresariales.
Por último, la reducción adicional por aportaciones a favor del cónyuge se ve limitada a 1.000 euros anuales.
Impuesto sobre el Patrimonio
- Modificación de los tipos impositivos (artículo 66 de la LIP)
El tipo impositivo aplicable a bases liquidables superiores a 10.696.996,06 euros se aumenta en un punto porcentual, pasando a ser del 2,5% al 3,5%.
- Mantenimiento con carácter indefinido del Impuesto
En 2011 se estableció el carácter temporal de esta figura impositiva, si bien, anualmente se venía prorrogando su vigencia. Tras el cambio aproado, se acuerda la derogación del apartado segundo del artículo único del Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se restablece el Impuesto sobre el Patrimonio, con carácter temporal, de forma que se reestablece el carácter indefinido del Impuesto sobre el Patrimonio.
Impuesto sobre el Valor Añadido
- Lugar de realización de determinadas prestaciones de servicios
Se modifica el ámbito objetivo de la conocida como cláusula de cierre del artículo 70. Dos de la Ley del IVA, por la que se atrae la localización de determinadas prestaciones de servicios que se utilicen o exploten efectivamente en nuestro territorio, con objeto de incluir a los territorios de Canarias, Ceuta y Melilla, a fin de equiparar el tratamiento de los servicios prestados a dichos territorios con los servicios prestados a clientes residentes en la Unión Europa.
- Incremento del tipo impositivo de las bebidas azucaradas
Se incrementa al 21% el tipo de gravamen aplicable a las bebidas que contengan edulcorantes añadidos, naturales y derivados, y/o aditivos edulcorantes, excepto las leches infantiles y las bebidas consideradas como complementos alimenticios para necesidades dietéticas especiales.
- Prórroga de los límites excluyentes del régimen simplificado (disposición transitoria decimotercera de la LIVA)
Al igual que en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el régimen de estimación objetiva, se prorrogan para 2021, con vigencia indefinida, los límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, que se fijan en 250.000 euros.
Otros impuestos
- Modificaciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas
Se crean los siguientes epígrafes en las Tarifas del IAE, que cubren las actividades que a continuación se recogen:
- Epígrafes 151.6 “comercialización de energía eléctrica” y 152.2 “comercialización de Gas”, que recogen las actividades de comercialización de los suministros de carácter general, electricidad y gas, respectivamente
- Epígrafe 661.9 “otro comercio mixto o integrado en grandes superficies” aplicable a las grandes superficies comerciales que no se dedican principalmente a la ropa o a la alimentación
- Epígrafe 664.2 “puntos de carga de vehículos eléctricos” para encuadrar la nueva actividad de suministro de energía a vehículos eléctricos a través de puntos de recarga instalados en cualquier lugar, ya sea en la vía pública, gasolineras, garajes públicos y privados o en cualquier otro emplazamiento.
- Modificaciones en el Impuesto sobre la Electricidad
Se aprueban dos nuevas exenciones en el Impuesto sobre la Electricidad para el supuesto de (i) la energía eléctrica consumida en embarcaciones que haya sido producida a bordo de las mismas, y (ii) la energía eléctrica suministrada que sea objeto de compensación con la energía horaria excedentaria, en la modalidad de autoconsumo con excedentes acogida a la compensación conforme a lo establecido en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril.
Adicionalmente, se incluye una reducción del 100% a la base imponible del Impuesto sobre la Electricidad sobre la cantidad de energía eléctrica suministrada o consumida en el transporte por ferrocarril.
Por último, se extiende a la electricidad utilizada en el transporte por ferrocarril la cuota íntegra mínima de 0,5 euros por megavatio-hora (MWh) actualmente prevista para la electricidad utilizada para usos industriales o en embarcaciones atracadas en puerto que no tengan la condición de embarcaciones privadas de recreo.
- Impuestos sobre Primas de Seguros
Se eleva del 6% al 8% el tipo de gravamen del Impuesto sobre las Primas de Seguros.
Interés de demora e interés legal del dinero
El interés de demora tributario se mantiene para el ejercicio 2021 en el 3,75%, y el tipo de interés legal del dinero se fija en el 3%.