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Plan de acción BEPS

Acción 12

Normas de divulgación obligatoria de información

La OCDE ha recomendado que se amplíen y fortalezcan los regímenes de divulgación obligatoria de información para combatir más eficazmente la evasión fiscal transfronteriza.

Resumen

La OCDE proporciona a los países que no cuentan en este momento con disposiciones de divulgación obligatoria de información, una serie de recomendaciones de cómo diseñar dichos regímenes, para frenar de forma más eficaz la evasión fiscal transfronteriza más agresiva.

Los objetivos a perseguir con la implementación de las recomendaciones son: el incremento de la transparencia de los contribuyentes mediante la información por anticipado a las autoridades fiscales de cualquier tipo de planificación fiscal internacional y el impedimento de implementar dichas estructuras agresivas que pudieran resultar en la implementación de mecanismos abusivos que pudieran plantear riesgos fiscales en el ámbito de aplicación de las BEPS.

El documento recoge la posibilidad de que la responsabilidad de la divulgación de la información, recaiga bien en el impulsor de la planificación o bien sobre el propio contribuyente. Las recomendaciones también incluye al asesor del contribuyente local, como un potencial obligado a divulgar dicha información, cuando razonablemente pueda prever los resultados transfronterizos que pueda conseguir la implementación de dicha estructura fiscal.

Se recomienda que dicha responsabilidad recaiga en el contribuyente, cuando el impulsor de la planificación esté situado en un territorio “offshore” o en el que cuente con amplios privilegios fiscales que le permitan reducir sustancialmente su tributación final.

Como regla general se establece la recomendación que el momento de la divulgación de la planificación, tiene que ser en el mismo momento en que el impulsor se la remita al contribuyente, al objeto de equiparar la situación en las que el contribuyente y el impulsor coinciden en una misma persona.

Fechas clave

La OCDE no ha detallado calendario alguno para que las distintas jurisdicciones pongan en marcha el régimen de divulgación de información obligatoria, ya sea nacional o internacional.

¿Y ahora qué?

La legislación tributaria española deberá adaptarse a las recomendaciones efectuadas por la OCDE, al no contar en la actualidad con una normativa específica sobre este asunto. Es probable que dicha adaptación se producirá tarde o temprano al ser la transparencia uno de los aspectos perseguidos por las BEPS con más vehemencia.