Fiscal

Aprobada la Tasa Tobin: así puede afectar este impuesto a su compañía

Eduardo Cosmen
Por:
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Ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 5/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, en relación con el Impuesto Sobre Transacciones Financieras (FTT) o “Tasa Tobin”.

Así, una vez publicada en el BOE, su entrada en vigor será el próximo 16 de enero de 2021.

IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES FINANCIERAS (FTT) o “Tasa Tobin”

Con carácter general, los principales elementos esenciales del referido impuesto serán los siguientes:

  • El FTT gravará la adquisición onerosa de valores de renta variable de sociedades cotizadas españolas con una capitalización bursátil superior a 1.000 millones de euros.
  • El impuesto se aplicará con independencia del lugar donde se efectúe la adquisición y de la residencia fiscal del adquirente o del intermediario que ejecute la operación.
  • Es sujeto pasivo, con carácter general, el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición (sujeto a determinados criterios en función del supuesto). En caso de confluencia de intermediarios financieros, existen ciertas normas para la determinación del sujeto pasivo, tendiendo a ser el intermediario financiero más próximo al adquirente último.
  • La regla general es que la base imponible estará constituida por el importe de la contraprestación de las operaciones, sin incluir costes de transacción ni comisiones de intermediación.

Adicionalmente, se establecen determinadas reglas especiales para la cuantificación de la base imponible en determinadas transacciones, entre otras, cuando la adquisición proceda de bonos u obligaciones convertibles o canjeables, de la ejecución o liquidación de opciones o de otros instrumentos financieros derivados, o de la liquidación de un contrato financiero. Asimismo, se configura un sistema especial de cálculo de la base imponible para las denominadas operaciones intradía.

  • El impuesto se exigirá al tipo impositivo del 0,2%.
  • El devengo del impuesto se producirá cuando se efectúe la anotación registral a favor del adquirente, ya sea en una entidad que preste el servicio de custodia o en el sistema de un depositario central de valores, derivada de la liquidación de la operación o del instrumento financiero que origine la adquisición de los valores.
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Preguntas clave
  • ¿Cuándo entra en vigor la Tasa Tobin?

  • ¿En qué consiste exactamente este nuevo impuesto?

  • ¿Qué tipo de operaciones estarán exentas?

Estarán exentas las siguientes operaciones:

  • Determinadas operaciones relacionadas con los mercados primarios (entre otras, las derivadas de emisiones de acciones o certificados de depósito, las derivadas de una oferta pública de venta de acciones en su colocación inicial entre inversores, etc.).
  • Determinadas operaciones relacionadas con el adecuado funcionamiento de los mercados secundarios.
  • Operaciones realizadas entre entidades del mismo grupo.
  • Operaciones a las que resulte de aplicación el régimen fiscal especial de reestructuraciones del Impuesto sobre Sociedades o estén originadas por fusiones o escisiones de Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Operaciones derivadas de la aplicación de medidas de resolución.
  • Adquisición de acciones propias o de acciones de la dominante de un grupo, exclusivamente en el marco de determinados programas de recompra.
  • La liquidación del impuesto será mensual. Está previsto que reglamentariamente se establezca un procedimiento para facilitar que pueda delegarse en el Depositario Central de Valores (Iberclear) su declaración.