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Nuestros asesores en materia de NIIF le pueden ayudar a gestionar la complejidad de las normas.
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Con independencia de si se trata de una empresa dinámica de tamaño mediano o una gran multinacional, le ofrecemos acceso de manera personal a cada uno de nuestros profesionales tributarios más experimentados en todo el mundo.
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Ofrecemos un asesoramiento laboral y una gestión de RRHH adaptada a cada organización. Gracias a nuestra dilatada experiencia contribuimos a incrementar la eficacia y rentabilidad de su capital humano.
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Nuestros abogados, expertos en las áreas del derecho mercantil, administrativo, procesal, civil y laboral, trabajan en estrecha colaboración con el resto de profesionales de Grant Thornton para prestarle un asesoramiento que va más allá de la mera práctica jurídica, ofreciéndole nuestros conocimientos, experiencia y visión integral del negocio a nivel local y global, todo ello para ayudarle a hacer frente con seguridad a los desafíos y retos de su negocio.

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Control de gestión
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión contable
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Las obligaciones tributarias afectan a la mayor parte de las decisiones que se toman en su empresa. Sean cuales sean las necesidades específicas de su sector, le daremos una respuesta ágil y plantearemos soluciones específicas para su compañía.

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Big Data: CitizenLab
CitizenLab es un proyecto pionero de Grant Thornton que utiliza Big Data e Inteligencia Artificial para analizar patrones de comportamiento ciudadano y desarrollar soluciones predictivas de alto impacto.
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Estado de Información No Financiera y Diversidad
Con fecha 29 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, con entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
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Fondos europeos de recuperación
Para hacer frente a la actual crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, la Comisión Europea diseñó en el verano de 2020 un nuevo fondo de recuperación denominado Next Generation EU. El principal objetivo de este fondo es financiar programas de reformas e inversiones en los países más afectados.

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Nuevo Master Impulsamos el Máster en Innovación y Estrategia global de MovilidadEl primer Máster de Formación Permanente en Innovación y Estrategia global de Movilidad, en el que Grant Thornton asesora como consejero
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Entidades financieras
El equipo global de banca de Grant Thornton está compuesto por responsables de las distintas líneas de servicio, así como de las distintas regiones y países, que cuentan con la experiencia necesaria para dar apoyo a los clientes en más de 80 países.
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Gestión de activos financieros
El aumento de la regulación y las exigencias de los inversores en materia de rentabilidad y transparencia llevan aparejados nuevos desafíos para el sector de la gestión de activos.

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Gestión de activos de energías renovables
Nuestro equipo de Energía está especializado en la Gestión 360º de Activos de Energías Renovables.

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Medios
El sector de los medios se encuentra dominado por la revolución tecnológica y está afectando a todos los ámbitos del negocio.
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La capacidad para anticiparse y adaptarse es más importante que nunca en el sector de la tecnología.
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Telecomunicaciones
A pesar de la importante reducción de los márgenes que ha afectado a los balances de estas empresas en todo el mundo, las compañías de telecomunicaciones están llevando a cabo el despliegue de nuevas tecnologías de redes para satisfacer la insaciable demanda de ancho de banda existente.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles 29 de abril el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril en el que se aprueban tres paquetes de medidas (procesales, concursales y societarias, organizativas y tecnológicas) para la vuelta a la actividad de los juzgados y tribunales tras el confinamiento derivado de la crisis sanitaria del coronavirus.
A continuación, pasamos a exponer de forma resumida las principales medidas en materia procesal y organizativas recogidas en este nuevo Real Decreto Ley.
Medidas procesales
- Habilitación de días a efectos procesales: Se declaran hábiles para todas las actuaciones judiciales los días 11 a 31 del mes de agosto de 2020, exceptuándose los sábados, los domingos y los festivos.
- Plazos procesales: Los plazos procesales que hubieran quedado suspendidos con la declaración del estado de alarma comenzarán su cómputo desde cero, sin tomar en consideración, por tanto, el plazo que hubiera transcurrido previamente a la declaración del estado de alarma.
En el caso de anuncio, preparación o presentación de recursos contra sentencias y otras resoluciones que pongan fin al procedimiento y sean notificadas durante el estado de alarma o dentro de los veinte días hábiles siguientes a su levantamiento, los plazos empiezan a contar desde su notificación, pero, atención, se duplican.
- Ámbito del procedimiento especial y sumario en materia de familia: Se regula un procedimiento especial, preferente y sumario para cuestiones de familia derivadas de la pandemia y relativas a regímenes de visitas o custodias compartidas no disfrutadas, así como la revisión de las medidas definitivas sobre cargas del matrimonio, pensiones económicas entre cónyuges y alimentos reconocidos a los hijos, cuya revisión se deba a la variación de las circunstancias económicas de cónyuges y progenitores por la crisis sanitaria producida por el Covid-19.
- Impugnación de ERTE: Se tramitarán conforme a la modalidad procesal de conflicto colectivo las demandas que versen sobre las suspensiones y reducciones de jornada adoptadas en aplicación de lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y dichas medidas afecten a más de cinco trabajadores, sin privar al trabajador del derecho a impugnarlo de manera individual.
- Tramitación preferente de determinados procedimientos: Se tramitarán con carácter preferente los siguientes procedimientos:
- Procesos o expedientes de jurisdicción voluntaria en los que se adopten las medidas a que se refiere el artículo 158 del Código Civil (las relativas a alimentos, custodia y protección de menores), así como el nuevo procedimiento especial y sumario previsto en el Real Decreto-ley.
- En el orden jurisdiccional civil, los casos en los que una entidad financiera o un arrendador no reconozca la moratoria en el pago de las cuotas de la hipoteca o de la renta.
- En el orden contencioso-administrativo, los recursos contra las administraciones por la denegación de ayudas para paliar los efectos económicos del Covid-19.
- Y, en el orden jurisdiccional social, los asuntos laborales relacionados con despidos o extinción de contratos de trabajo y los derivados de la recuperación de las horas de trabajo no prestadas durante el permiso retribuido establecido durante la crisis.
Medidas organizativas y teconologicas
- Con el fin de garantizar la protección de la salud de las personas, durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, se establecen las siguientes previsiones:
- Todos los actos procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, pero en los juicios por delito grave será necesaria la presencia física del acusado.
- El órgano judicial ordenará el acceso del público a todas las actuaciones orales.
- Los informes médico-forenses podrán realizarse basándose únicamente en la documentación médica existente a su disposición, siempre que ello fuere posible.
- Las partes que asistan a actuaciones orales estarán dispensadas del uso de togas en las audiencias públicas.
- La atención al público en cualquier sede judicial se realizará por vía telefónica o a través del correo electrónico habilitado a tal efecto, siempre que sea posible. Cuando sea imprescindible la atención presencial, se realizará mediante cita previa.
- Podrán asignarse a los funcionarios de cada juzgado, tribunal o fiscalía funciones atribuidas a otras unidades de la misma localidad y el mismo orden jurisdiccional.
- Se establecerán jornadas de trabajo de mañana y tarde para todos los servicios y órganos jurisdiccionales.
- Se prevé la posibilidad de especialización de nuevos órganos judiciales para asuntos exclusivamente asociados al COVID-19.
- Los Letrados de la Administración de Justicia en prácticas podrán realizarlas desempeñando labores de sustitución y refuerzo, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Al margen de los tres grupos de medidas analizados, las Disposiciones adicionales del Real Decreto ley prevén la ampliación de plazos en el ámbito del Registro Civil, la eliminación del desequilibrio financiero como causa de disolución de los organismos públicos, y la ampliación del plazo de notificación de resoluciones al Ministerio Fiscal. Finalmente, la Disposición final primera prevé una serie de modificaciones legislativas para llevar a efecto las medidas aprobadas.