-
Normas internacionales de información financiera
Nuestros asesores en materia de NIIF le pueden ayudar a gestionar la complejidad de las normas.
-
Seguimiento de calidad en auditoría
Un componente fundamental de nuestra estrategia global consiste en promover la prestación de un servicio al cliente coherente y de alta calidad en todo el mundo.
-
Tecnología de auditoría global
Aplicamos nuestra metodología de auditoría global a través de un conjunto integrado de herramientas de software.
-
Asesoramiento en transacciones
Le ayudamos a completar con éxito sus operaciones corporativas en todas las fases del ciclo de su negocio. Las operaciones corporativas se dan en el ciclo de vida de todo negocio dinámico, por lo que hay mucho en juego tanto para los compradores como para los vendedores.
-
Forensic: investigación de fraude e irregularidades, informes periciales
El panorama comercial cambia a gran velocidad. El entorno actual, cada vez más regulado, implica que las organizaciones deban adoptar unos procesos de cumplimiento y de buen gobierno más exigentes.
-
Fusiones y adquisiciones - M&A
Asesoramos a corporaciones, empresas o inversores privados durante procesos de inversión, fusión o desinversión (M&A), diferenciándonos a través de un proceso proactivo, proponiendo soluciones innovadoras y mitigando riesgos
-
Impulso I+D
La inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación son fundamentales para enfrentarse a los grandes retos que presenta nuestra economía, tanto para las empresas como para la sociedad en general. En España, existen determinados incentivos fiscales a la inversión en I+D+i, así como instrumentos de financiación que permiten impulsar esta tipología de proyectos desde el punto de vista de la financiación privada.
-
Mediación en conflictos de naturaleza económico-financiera
Prestamos el servicio de mediación civil y mercantil en conflictos relativos a operaciones corporativas, en procesos de reestructuración, valoraciones, disputas entre accionistas y cualquier otra materia en la que nuestro conocimiento técnico pueda ayudar a las partes a llegar a un acuerdo.
-
Valoraciones
Prestamos un asesoramiento sólido en el ámbito de las valoraciones a organizaciones que se encuentran inmersas en una operación corporativa, en una disputa o en un proceso de reestructuración, en los que el valor del negocio o de sus activos es un aspecto clave de la transacción.
-
Fiscal
Con independencia de si se trata de una empresa dinámica de tamaño mediano o una gran multinacional, le ofrecemos acceso de manera personal a cada uno de nuestros profesionales tributarios más experimentados en todo el mundo.
-
Laboral
Ofrecemos un asesoramiento laboral y una gestión de RRHH adaptada a cada organización. Gracias a nuestra dilatada experiencia contribuimos a incrementar la eficacia y rentabilidad de su capital humano.
-
Legal
Nuestros abogados, expertos en las áreas del derecho mercantil, administrativo, procesal, civil y laboral, trabajan en estrecha colaboración con el resto de profesionales de Grant Thornton para prestarle un asesoramiento que va más allá de la mera práctica jurídica, ofreciéndole nuestros conocimientos, experiencia y visión integral del negocio a nivel local y global, todo ello para ayudarle a hacer frente con seguridad a los desafíos y retos de su negocio.
-
Consultoría de negocio
La globalización y los cambios tecnológicos están generando efectos verdaderamente disruptivos en los modelos de negocio tradicionales.
-
Solicita Kit Consulting | Asesor Digital
Solicita tu kit Consulting con Grant Thornton. Revisa los servicios de asesoramiento digital 100% subvencionados y los requisitos para acceder. ¡Descubre más!
-
Tecnología e Innovación
La explosión de datos generada por las tecnologías digitales junto con el nuevo grado de interconexión entre las organizaciones, significa que existe un alto margen de oportunidad de ataque a los sistemas informáticos de cualquier compañía.
-
Risk Advisory Services
Ayudamos a las empresas a reforzar la gestión de sus riesgos con un enfoque innovador que impulsa su crecimiento
-
Web 3 y Activos Digitales
Tras el auge de los últimos años, el ecosistema de los activos digitales ha conseguido situarse como uno de los sectores con mayor crecimiento.
-
Ciberseguridad
Tres de cada diez empresas españolas han sufrido ciberataques en el último año. A medida que las organizaciones incrementan su dependencia de las tecnologías digitales, aumentan también las oportunidades para los ciberdelincuentes.
-
Auditoría Interna
El impacto del deporte en nuestra sociedad se vincula a la tecnología de manera cada vez más intensa, convirtiendo las relaciones entre los diferentes actores en un escenario ideal en el que desarrollar los más innovadores modelos de gestión y generación de ROI.
-
Control de gestión
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
-
Gestión contable
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
-
Gestión de nóminas
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
-
Gestión fiscal
Las obligaciones tributarias afectan a la mayor parte de las decisiones que se toman en su empresa. Sean cuales sean las necesidades específicas de su sector, le daremos una respuesta ágil y plantearemos soluciones específicas para su compañía.
-
Estado de Información No Financiera y Diversidad
Con fecha 29 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, con entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
-
Fondos europeos de recuperación
Para hacer frente a la actual crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, la Comisión Europea diseñó en el verano de 2020 un nuevo fondo de recuperación denominado Next Generation EU. El principal objetivo de este fondo es financiar programas de reformas e inversiones en los países más afectados.
-
Oportunidades de crecimiento entre China y Europa
La salida de Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT) es sin duda uno de los puntos clave de la actualidad política y económica. Durante los últimos meses se han planteado diversos escenarios de actuación, posicionando a las empresas, sus clientes y sus profesionales ante un marco disruptivo de cambio que afectará a la operativa de los mercados.
-
Novedades PERTE VEC Implicaciones fiscales para empresas en el PERTE VECDescubre las implicaciones fiscales para el PERTE VEC, incluyendo tributación, deducción de gastos, atribución de rentas y obligaciones fiscales.
-
Informe V Observatorio de la Movilidad SostenibleDesafíos de la movilidad intermodal: sostenible, conectada, eficiente y segura
-
Automoción y Movilidad Soluciones y retos del vehículo conectado y autónomoDescubre avances y retos de los vehículos conectados y autónomos, su impacto en la movilidad y la importancia de la ciberseguridad
-
Nuevo Master Impulsamos el Máster en Innovación y Estrategia global de MovilidadEl primer Máster de Formación Permanente en Innovación y Estrategia global de Movilidad, en el que Grant Thornton asesora como consejero
-
Entidades financieras
El equipo global de banca de Grant Thornton está compuesto por responsables de las distintas líneas de servicio, así como de las distintas regiones y países, que cuentan con la experiencia necesaria para dar apoyo a los clientes en más de 80 países.
-
Gestión de activos financieros
El aumento de la regulación y las exigencias de los inversores en materia de rentabilidad y transparencia llevan aparejados nuevos desafíos para el sector de la gestión de activos.
-
Gestión de activos de energías renovables
Nuestro equipo de Energía está especializado en la Gestión 360º de Activos de Energías Renovables.
-
BIM
BIM consiste en el proceso de generación y gestión de información de un edificio o infraestructura durante su ciclo de vida, utilizando un modelo virtual del proyecto en el que poder interactuar entre todas las partes y plasmar cambios con rapidez y transparencia, ahorrando tiempo y optimizando costes.
-
Medios
El sector de los medios se encuentra dominado por la revolución tecnológica y está afectando a todos los ámbitos del negocio.
-
Tecnología
La capacidad para anticiparse y adaptarse es más importante que nunca en el sector de la tecnología.
-
Telecomunicaciones
A pesar de la importante reducción de los márgenes que ha afectado a los balances de estas empresas en todo el mundo, las compañías de telecomunicaciones están llevando a cabo el despliegue de nuevas tecnologías de redes para satisfacer la insaciable demanda de ancho de banda existente.
-
Nuestros valores
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
-
Cultura Global
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
-
Formación y desarrollo
En Grant Thornton creemos que la formación te permitirá alcanzar tu máximo potencial día a día. Y cuando damos lo mejor de nosotros mismos, somos capaces de ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.
-
Movilidad global de nuestro talento
Uno de los principales atractivos de desarrollar tu carrera profesional en Grant Thornton es la posibilidad de trabajar en proyectos internacionales por todo el mundo.
-
Diversidad
La diversidad nos ayuda a responder a las demandas de un mundo cambiante. En Grant Thornton valoramos que nuestros profesionales procedan de un amplio espectro de ámbitos y que esta diversidad de experiencias y perspectivas haga nuestra organización más firme y sólida.
-
In the community
En Grant Thornton reconocemos las actividades de responsabilidad social corporativa desarrolladas por nuestros profesionales, ya sea trabajando con ONGs, respaldando la educación, la sanidad o el medio ambiente.
Llevamos ya más de cuatro semanas en estado de alarma, con suspensión de la mayoría de las actividades económicas y en confinamiento, como medidas más relevantes impuestas legalmente en España y derivadas de la pandemia producida por la propagación del COVID-19.
Estamos viendo como dichas medidas están afectando de forma muy negativa no solo al comportamiento individual y social de las personas, sino a la economía en general; si cualquiera de dichas consecuencias, aisladamente, supondría ya una gravedad digna de preocupación, juntas reflejan un escenario devastador.
Dentro de este marco consecuencial, mucho se está hablando sobre la repercusión en el ámbito de los contratos privados de las medidas indicadas y de la paralización de la economía como consecuencia de las mismas.
En dicho terreno, ha vuelto a la palestra, tras la crisis del 2008, la invocación masiva de la cláusula rebus sic stantibus, como recurso para evitar la frustración económica de un contrato o el desequilibrio desproporcionado de las prestaciones entre las partes, debido al cambio excepcional, significativo e imprevisto, con vocación duradera, que caracteriza a la actual crisis sanitaria y a sus consecuencias y que puede permitir la modificación de dicho contrato para compensar el equilibrio roto, como excepción al principio pacta sunt servanda, que, como sabemos, impone el cumplimiento entre las partes del contrato, según su tenor. Según el caso concreto, también podría recurrirse a principios como la buena fe y la equidad que deben presidir toda relación negocial o a la doctrina del abuso de derecho o del enriquecimiento injusto para lograr una finalidad similar a la expuesta anteriormente. En resumen, soluciones jurídicas todas ellas para adaptar las posiciones contractuales a una situación justa y equilibrada quebrada desproporcionalmente con ocasión de la pandemia indicada y siempre que el contrato no hubiera previsto una solución o respuesta para un supuesto de fuerza mayor o excepcional como el que nos ocupa, ya que, de lo contrario, deberíamos estar a lo pactado al respecto.
Salvo excepciones puntuales, las recientes normas dictadas por el Gobierno con ocasión del estado de alarma no modifican la regulación contractual privada suscrita en el marco empresarial ni ayudan a resolver la cuestión, por lo que, para paliar dicho desequilibrio contractual y/o el quebranto económico derivado de la actual situación, la gran mayoría de las empresas perjudicadas por las medidas de suspensión o limitación de sus actividades han recurrido, amparadas en muchos casos por las soluciones o principios jurídicos expuestos en el párrafo anterior, a actuaciones como, por ejemplo, la contención o reducción de costes (principalmente, rebaja, condonación y/o aplazamiento de alquileres, cánones u otras u otras prestaciones por uso), la no renovación o resolución de determinados contratos no esenciales, la modificación de otras condiciones relacionadas con las contraprestaciones acordadas, la prórroga de contratos con vencimiento cercano cuyo retorno esperado se ha visto mermado por la paralización de la actividad empresarial y/o la suspensión de iniciativas no urgentes.
Hecha esta pequeña introducción y sin perder su hilo conductor, expongo a continuación unas breves reflexiones sobre el impacto que la actual crisis sanitaria (y las medidas adoptadas con ocasión de la misma) puede tener en los contratos de M&A, especialmente, en los contratos de adquisición de (o inversión en) una compañía, y en sus acuerdos complementarios o colaterales más habituales (permanencia y contratos con directivos, financiación, pactos de socios, cláusulas de salida/liquidez, etc…). Dichas reflexiones no pretenden abordar todos y cada uno de los ejemplos o de las consecuencias que puedan derivarse de la actual situación de crisis en el marco de este tipo de contratos ni todas las soluciones jurídicas que al efecto procedan, sino tan solo esbozar las que, en mi opinión y en el corto espacio que ocupa este escrito, son dignas de resaltar, dejando al lector la libertad y la iniciativa de un análisis más exhaustivo y/o amplio.
Expuesto lo anterior, los contratos de adquisición de (o inversión en) compañías no quedarán al margen de esta afectación general derivada de la crisis del COVID-19; en mayor o menor medida, se verán afectados y su solución dependerá, en gran parte, de la negociación y buena voluntad de las partes, de si la adquisición fue del 100 % de la compañía, de una parte mayoritaria o de una minoritaria y, apurando más si cabe, de si el comprador o el inversor precisa o no de la continuidad de los vendedores como directivos o gestores de la entidad adquirida, así como de la fuerza negociadora que la entidad ostente frente a las instituciones financieras. Según se encuentre el supuesto concreto respecto a cada una de las situaciones indicadas, la solución será más o menos pacífica.
A continuación, expondré algunos de los ejemplos más significativos del impacto que, también en mi opinión, la actual situación puede producir en el marco de una determinada operación de adquisición o de inversión:
- Variación del precio, ajustes de participación o penalizaciones, en los casos en que dicho precio se indexe al (o la penalización se aplique por el) resultado de determinados parámetros (EBITDA, EBIT, facturación, resultado neto, índices mixtos, etc…) correspondientes a un periodo que pueda verse condicionado por la paralización o limitación de la actividad de la compañía o por su excepcional incremento, en caso de tratarse de una actividad esencial recurrente (alimentación, equipos sanitarios, etc…); es obvio que dichos parámetros, salvo limitadas excepciones, se verán afectados por la actual situación, de forma extraordinaria y excepcional, al alza o a la baja, según corresponda, de forma que reflejen un resultado desproporcionado en relación con la actividad ordinaria de la entidad y sobre cuya base se establecieron las estimaciones iniciales, lo que resultaría desequilibrado.
- Incentivos y objetivos de los directivos o administradores ejecutivos contratados en el marco de la operación de que se trate. También es obvio que podrán verse alterados sustancialmente debido a la situación excepcional en la que se encuentre la compañía con motivo del estado de alarma y sus consecuencias, lo que podrá derivar en situaciones conflictivas con los mismos.
- Cláusulas de salida y de liquidez: opciones de compra y/o de venta de paquetes accionariales o apertura de fases que permitan la realización de la participación (extinción anticipada de lock up, venta conjunta, arrastre, etc.), cuyo precio y condiciones puedan verse asimismo alteradas de forma extraordinaria y excepcional por las consecuencias del estado de alarma, lo que podría conducir a que una de las partes pretendiera aprovecharse abusivamente de todo ello.
- Covenants en contratos de financiación suscritos también en el marco de la operación de que se trate. Como sabemos, estos contratos contienen regulaciones relacionadas con determinadas ratios (autonomía financiera, deuda, liquidez, etc…) cuya variación puede implicar incidencias negativas para el deudor (incremento de interés, vencimiento anticipado, aportación de nuevas garantías, etc…), que se verán alterados con ocasión de las consecuencias derivadas de la crisis sanitaria ya expuesta y que pueden poner a la compañía en una situación delicada.
- Acuerdos de financiación adicional del comprador o inversor, condicionados al cumplimiento de unos resultados o del Plan de Negocio diseñado en condiciones de normalidad y estabilidad económica y proyectado en base a unos elementos que también podrán verse irremediablemente alterados por la situación extraordinaria y excepcional derivada del estado de alarma, lo que puede conllevar a un bloqueo de financiación con tensiones internas y perjudiciales también para la compañía.
Partiendo de la base de que no exista una previsión o solución en el contrato regulador de la operación de que se trate sobre una situación o cambio adverso similar (de existir, como se dijo, habría que aplicarla), es obvio que el tratamiento que se dé a cada una de las situaciones que se deriven de los ejemplos antes indicados (extensible, en su caso, a aquellos otros no expuestos en la presente reflexión), incidirá sustancialmente en la solvencia y/o liquidez de la compañía, en la relación societaria entre sus socios (nuevos y antiguos o salientes y entrantes, según el caso), en la involucración de sus ejecutivos clave para capear la actual situación y afrontar la crisis que se avecina, así como en la relación entre la compañía y las entidades financieras tan necesarias en estos momentos, todo lo cual, en definitiva, incidirá notablemente en su continuidad. A los fines de conocer la envergadura de las consecuencias de cada caso y poder tomar la decisión correcta al efecto, es recomendable efectuar una revisión a fondo o due diligence de los contratos de adquisición/inversión, de sus documentos complementarios (principalmente, pactos de socios y contratos con directivos y administradores) y de los contratos de financiación relacionados con la operación, especialmente en el seno de aquellas entidades con mayor número de operaciones recientes o vivas (entidades de capital riesgo, financieras, family offices, grupos empresariales, etc…).
Son múltiples las diferentes soluciones que, en vía negociadora y basada en la buena fe contraria a cualquier actuación abusiva o aprovechadora, puedan resolver amistosa y satisfactoriamente los ejemplos antes indicados, lo que dependerá de los antecedentes de cada caso concreto, de las urgencias y/o de la creatividad que tenga cada parte; expongo a continuación a título enunciativo algunas de ellas:
- Convenir un nuevo plazo o periodo razonable para la toma en consideración de los parámetros referentes a la obligación o acuerdo que corresponda (precio variable, ajustes, penalización, financiación adicional, etc…), de forma que puedan valorarse en el ámbito de su desarrollo ordinario y/o ajustarlos a un nivel razonable teniendo en consideración las particularidades del estado de alarma y sus consecuencias.
- Reorientar los objetivos de los directivos y administradores ejecutivos hacia horizontes basados en la superación de las adversidades padecidas con ocasión del estado de alarma, que permitan motivar y retener a aquellos directivos y ejecutivos clave para la compañía.
- Suspender/prorrogar los plazos de ejercicio de acciones o derechos y cuya ejecución en sus propios términos conllevaría a una situación injusta o condiciones desproporcionadas (precio en opciones de compra/venta, arrastre, venta conjunta, etc…), enfocándose en un periodo y/o condiciones en los que razonablemente puedan equilibrarse la situación actual y las expectativas de las partes a tener en consideración.
- En casos de riesgo de veto/bloqueo en la decisión de ejecutar aumentos de capital, establecer mecanismos de antidilución satisfactorios en previsión de nuevas rondas de financiación por falta de tesorería, a valoraciones acordes con la situación y presumiblemente inferiores a las que permitieron la entrada del inversor de que se trate.
- Adaptar los plazos y los covenants financieros de forma que paulatinamente se vayan acomodando a la recuperación de la compañía, con ofrecimiento de garantías adicionales, de ser necesario y estar a su alcance.
De no ser posible las anteriores soluciones mediante una negociación bilateral y leal de las características indicadas, habría que analizar las diferentes alternativas que, basados en los recursos jurídicos antes referidos (rebus sic stantibus, abuso de derecho, enriquecimiento injusto, mala fe, etc…) o en cualquier otro de carácter excepcional, puedan conducir forzosamente por la vía judicial o arbitral a un resultado similar lo que, pese a no ser recomendable ab initio, como se dijo, en muchos casos será una opción necesaria para evitar o mitigar las consecuencias perjudiciales derivadas del estado de alarma tantas veces referido, en relación con la operación de adquisición o de inversión de que se trate.
Confiemos en que el sentido común, la razonabilidad y la voluntad de salir con urgencia de la actual situación, conduzcan a los diferentes operadores a resolver debidamente y sin demora todas estas cuestiones, sin dejar más víctimas por el camino, lo que sin duda contribuirá a recuperar la salud empresarial y económica debilitada por la pandemia que nos azota.