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Normas internacionales de información financiera
Nuestros asesores en materia de NIIF le pueden ayudar a gestionar la complejidad de las normas.
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Seguimiento de calidad en auditoría
Un componente fundamental de nuestra estrategia global consiste en promover la prestación de un servicio al cliente coherente y de alta calidad en todo el mundo.
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Tecnología de auditoría global
Aplicamos nuestra metodología de auditoría global a través de un conjunto integrado de herramientas de software.
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Asesoramiento en transacciones
Le ayudamos a completar con éxito sus operaciones corporativas en todas las fases del ciclo de su negocio. Las operaciones corporativas se dan en el ciclo de vida de todo negocio dinámico, por lo que hay mucho en juego tanto para los compradores como para los vendedores.
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Forensic: investigación de fraude e irregularidades, informes periciales
El panorama comercial cambia a gran velocidad. El entorno actual, cada vez más regulado, implica que las organizaciones deban adoptar unos procesos de cumplimiento y de buen gobierno más exigentes.
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Fusiones y adquisiciones - M&A
Asesoramos a corporaciones, empresas o inversores privados durante procesos de inversión, fusión o desinversión (M&A), diferenciándonos a través de un proceso proactivo, proponiendo soluciones innovadoras y mitigando riesgos
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Impulso I+D
La inversión en Investigación, Desarrollo e Innovación son fundamentales para enfrentarse a los grandes retos que presenta nuestra economía, tanto para las empresas como para la sociedad en general. En España, existen determinados incentivos fiscales a la inversión en I+D+i, así como instrumentos de financiación que permiten impulsar esta tipología de proyectos desde el punto de vista de la financiación privada.
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Mediación en conflictos de naturaleza económico-financiera
Prestamos el servicio de mediación civil y mercantil en conflictos relativos a operaciones corporativas, en procesos de reestructuración, valoraciones, disputas entre accionistas y cualquier otra materia en la que nuestro conocimiento técnico pueda ayudar a las partes a llegar a un acuerdo.
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Valoraciones
Prestamos un asesoramiento sólido en el ámbito de las valoraciones a organizaciones que se encuentran inmersas en una operación corporativa, en una disputa o en un proceso de reestructuración, en los que el valor del negocio o de sus activos es un aspecto clave de la transacción.
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Fiscal
Con independencia de si se trata de una empresa dinámica de tamaño mediano o una gran multinacional, le ofrecemos acceso de manera personal a cada uno de nuestros profesionales tributarios más experimentados en todo el mundo.
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Laboral
Ofrecemos un asesoramiento laboral y una gestión de RRHH adaptada a cada organización. Gracias a nuestra dilatada experiencia contribuimos a incrementar la eficacia y rentabilidad de su capital humano.
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Legal
Nuestros abogados, expertos en las áreas del derecho mercantil, administrativo, procesal, civil y laboral, trabajan en estrecha colaboración con el resto de profesionales de Grant Thornton para prestarle un asesoramiento que va más allá de la mera práctica jurídica, ofreciéndole nuestros conocimientos, experiencia y visión integral del negocio a nivel local y global, todo ello para ayudarle a hacer frente con seguridad a los desafíos y retos de su negocio.
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Consultoría de negocio
La globalización y los cambios tecnológicos están generando efectos verdaderamente disruptivos en los modelos de negocio tradicionales.
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Solicita Kit Consulting | Asesor Digital
Solicita tu kit Consulting con Grant Thornton. Revisa los servicios de asesoramiento digital 100% subvencionados y los requisitos para acceder. ¡Descubre más!
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Tecnología e Innovación
La explosión de datos generada por las tecnologías digitales junto con el nuevo grado de interconexión entre las organizaciones, significa que existe un alto margen de oportunidad de ataque a los sistemas informáticos de cualquier compañía.
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Risk Advisory Services
Ayudamos a las empresas a reforzar la gestión de sus riesgos con un enfoque innovador que impulsa su crecimiento
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Web 3 y Activos Digitales
Tras el auge de los últimos años, el ecosistema de los activos digitales ha conseguido situarse como uno de los sectores con mayor crecimiento.
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Ciberseguridad
Tres de cada diez empresas españolas han sufrido ciberataques en el último año. A medida que las organizaciones incrementan su dependencia de las tecnologías digitales, aumentan también las oportunidades para los ciberdelincuentes.
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Auditoría Interna
El impacto del deporte en nuestra sociedad se vincula a la tecnología de manera cada vez más intensa, convirtiendo las relaciones entre los diferentes actores en un escenario ideal en el que desarrollar los más innovadores modelos de gestión y generación de ROI.
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Control de gestión
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión contable
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión de nóminas
Nuestros servicios de outsourcing de contabilidad financiera ayudan a su empresa, sea cual sea su tamaño o sector de actividad, a cumplir con las obligaciones contables.
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Gestión fiscal
Las obligaciones tributarias afectan a la mayor parte de las decisiones que se toman en su empresa. Sean cuales sean las necesidades específicas de su sector, le daremos una respuesta ágil y plantearemos soluciones específicas para su compañía.
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Estado de Información No Financiera y Diversidad
Con fecha 29 de diciembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, con entrada en vigor al día siguiente de dicha publicación.
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Fondos europeos de recuperación
Para hacer frente a la actual crisis económica provocada por la pandemia de la COVID-19, la Comisión Europea diseñó en el verano de 2020 un nuevo fondo de recuperación denominado Next Generation EU. El principal objetivo de este fondo es financiar programas de reformas e inversiones en los países más afectados.
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Oportunidades de crecimiento entre China y Europa
La salida de Reino Unido de la Unión Europea (BREXIT) es sin duda uno de los puntos clave de la actualidad política y económica. Durante los últimos meses se han planteado diversos escenarios de actuación, posicionando a las empresas, sus clientes y sus profesionales ante un marco disruptivo de cambio que afectará a la operativa de los mercados.
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Novedades PERTE VEC Implicaciones fiscales para empresas en el PERTE VECDescubre las implicaciones fiscales para el PERTE VEC, incluyendo tributación, deducción de gastos, atribución de rentas y obligaciones fiscales.
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Informe V Observatorio de la Movilidad SostenibleDesafíos de la movilidad intermodal: sostenible, conectada, eficiente y segura
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Automoción y Movilidad Soluciones y retos del vehículo conectado y autónomoDescubre avances y retos de los vehículos conectados y autónomos, su impacto en la movilidad y la importancia de la ciberseguridad
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Nuevo Master Impulsamos el Máster en Innovación y Estrategia global de MovilidadEl primer Máster de Formación Permanente en Innovación y Estrategia global de Movilidad, en el que Grant Thornton asesora como consejero
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Entidades financieras
El equipo global de banca de Grant Thornton está compuesto por responsables de las distintas líneas de servicio, así como de las distintas regiones y países, que cuentan con la experiencia necesaria para dar apoyo a los clientes en más de 80 países.
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Gestión de activos financieros
El aumento de la regulación y las exigencias de los inversores en materia de rentabilidad y transparencia llevan aparejados nuevos desafíos para el sector de la gestión de activos.
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Gestión de activos de energías renovables
Nuestro equipo de Energía está especializado en la Gestión 360º de Activos de Energías Renovables.
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Medios
El sector de los medios se encuentra dominado por la revolución tecnológica y está afectando a todos los ámbitos del negocio.
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Tecnología
La capacidad para anticiparse y adaptarse es más importante que nunca en el sector de la tecnología.
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Telecomunicaciones
A pesar de la importante reducción de los márgenes que ha afectado a los balances de estas empresas en todo el mundo, las compañías de telecomunicaciones están llevando a cabo el despliegue de nuevas tecnologías de redes para satisfacer la insaciable demanda de ancho de banda existente.
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Nuestros valores
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
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Cultura Global
Grant Thornton se enorgullece de ser una firma que se apoya en unos valores sólidos y contamos con más de 62.000 profesionales en más de 140 países que están plenamente comprometidos con ellos.
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Formación y desarrollo
En Grant Thornton creemos que la formación te permitirá alcanzar tu máximo potencial día a día. Y cuando damos lo mejor de nosotros mismos, somos capaces de ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.
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Movilidad global de nuestro talento
Uno de los principales atractivos de desarrollar tu carrera profesional en Grant Thornton es la posibilidad de trabajar en proyectos internacionales por todo el mundo.
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Diversidad
La diversidad nos ayuda a responder a las demandas de un mundo cambiante. En Grant Thornton valoramos que nuestros profesionales procedan de un amplio espectro de ámbitos y que esta diversidad de experiencias y perspectivas haga nuestra organización más firme y sólida.
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In the community
En Grant Thornton reconocemos las actividades de responsabilidad social corporativa desarrolladas por nuestros profesionales, ya sea trabajando con ONGs, respaldando la educación, la sanidad o el medio ambiente.
Publicado en el BOE el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, estableciendo las siguientes medidas principales:
- ERTES POR FUERZA MAYOR (“FM”)
Se aprueba la prórroga concedida a ERTES por FM hasta el 30/06/2020.
Se establece una distinción (relevante de cara al contenido del apartado 4 siguiente) entre:
- Empresas sujetas a FM total, las que no podrán reactivar su actividad hasta el 30/06/2020.
- Las sujetas a FM parcial, que podrán reactivar parcialmente su actividad antes del 30/06/2020.
Se concreta que las empresas y entidades deberán comunicar a la autoridad laboral la renuncia total, en su caso, al ERTE autorizado, en el plazo de 15 días desde la fecha de efectos de la renuncia.
Cualquier variación en el ámbito de aplicación del ERTE, finalización total o parcial de su aplicación (siendo el supuesto más común en este momento el de las desafectaciones), se efectuará previa comunicación de ésta al SEPE (comunicación de las variaciones en los datos contenidos en la solicitud colectiva inicial de acceso a la protección por desempleo).
- ERTES POR CAUSAS OBJETIVAS (“ETOP”)
Se tramitarán conforme a los términos del artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (en adelante, RDL 8/2020) los ERTES que se inicien antes del 30/06/2020. Podrán tramitarse mientras subsista la aplicación de un ERTE por FM.
Se prevé la posibilidad de concatenar ERTES. Así, cuando el ERTE ETOP se inicie una vez finalizado el ERTE por FM tramitado conforme al artículo 22 del RDL 8/2020, la fecha de efectos del ETOP se retrotraerá hasta la fecha de finalización del FM.
- MANTENIMIENTO DE LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN MATERIA DE DESEMPLEO
Las medidas genéricas de desempleo previstas en el artículo 25, apartados 1 a 5, del RDL 8/2020, serán aplicables hasta el 30/06/2020.
Las medidas extraordinarias de artículo 25.6 del RDL 8/2020 (las relativas a los fijos discontinuos y similares) en materia de desempleo resultarán aplicables hasta el 31/12/2020.
- MEDIDAS ESPECIALES EN MATERIA DE COTIZACIÓN:
Para las empresas con ERTES por FM total (véase apartado 1), se mantienen las exoneraciones para mayo y junio en los términos incluidos en el artículo 24 del RDL 8/2020.
Para las empresas con ERTES por FM parcial (véase apartado 1), las exoneraciones serán las siguientes:
- Para los trabajadores que inicien su prestación de servicios:
- Con menos de 50 trabajadores, 85 % en mayo y 70 % en junio.
- Con 50 o más trabajadores, 60 % en mayo y 45 % en junio.
- Para los trabajadores que continúen con sus contratos suspendidos:
- Con menos de 50 trabajadores, 60 % en mayo y 45 % en junio.
- Con 50 o más trabajadores, 45 % en mayo y 30 % en junio.
En todos los casos, el número de trabajadores se computará a fecha 29/02/2020.
Las referidas exenciones de cotizaciones se aplicarán por la TGSS a instancia de la empresa previa comunicación de ésta, informando que se mantienen las restricciones sobre la actividad o, en su caso, la fecha de efectos de la renuncia al ERTE, así como la identificación de las personas trabajadoras afectadas. Esta comunicación habrá de realizarse como una declaración responsable a través del sistema RED.
La TGSS remitirá las solicitudes de las empresas al SEPE para su validación.
- POSIBLES PRÓRROGAS ADICIONALES DE LOS ERTES POR FM
Se prevé la posibilidad de que puedan establecerse prórrogas a los ERTES por FM total o parcial más allá de la duración fijada de 30/06/2020.
Se podrán prorrogar las exenciones descritas en el apartado 4 sobre medidas de cotización e, incluso, extenderlas a los ERTES ETOP, así como prorrogar las medidas de protección por desempleo previstas en el artículo 25.1 del RDL 8/2020, por el período de tiempo y porcentajes que en él se determinen.
- MATIZACIONES COMPROMISO MANTENIMIENTO EMPLEO:
Se matiza el contenido del compromiso de mantenimiento de empleo, con una serie de complementos a la Disposición Adicional 6ª (“DA6”) del referido RDL 8/2020.
Así, la nueva redacción permite entrever (que no confirmar) el ámbito objetivo de aplicación de esta restricción, aplicando, aparentemente en exclusiva, a los ERTES por FM, si bien cabe destacar que NO lo indica expresamente. Construimos esta valoración a partir de las siguientes deducciones:
- Del hecho de que se alude literalmente en la norma a “Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el artículo 22 del presente real decreto-ley (refiriéndose al RDL 8/2020)”, precepto que regula los ERTES por FM.
- Por lo mismo, la referida DA6 habla en todo momento de medidas extraordinarias, que son precisamente las del artículo 24 (las medidas anteriores, artículos 22 y 23 son excepcionales), esto es, la exoneración de cuotas, beneficio que nos es aplicable a los ERTES ETOP, pudiendo interpretarse por ello que esta garantía no les alcanza.
- Del alcance de las consecuencias del incumplimiento. Así, la DA 6 establece que “Las empresas que incumplan este compromiso deberán reintegrar la totalidad del importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas”. Dado que los ERTES ETOP no pueden acceder a este tipo de beneficios, las consecuencias principales (otras si como la sanción de la LISOS) de un posible incumplimiento no les afectarían.
- El criterio sostenido por la Dirección General de Trabajo (criterio informativo y no vinculante), entre otros, en su OFICIO con N/REF: DGT-SGON-863CRA, de 07/04/2020, en el que establecía que esta limitación aplicaba a las empresas con ERTES aplicados conforme al artículo 22 del RDL 8/2020 y que se aplican la exoneración o reducción en las cuotas previa comunicación a la TGSS.
Se clarifica, igualmente, el ámbito subjetivo de aplicación de este compromiso en esl sentido de que la obligación de mantenimiento de empleo se refiere a los trabajadores afectados por las medidas extraordinarias aplicadas e incluidas en el RDL 8/2020, esto es, a los afectados por el ERTE.
Se concreta el ámbito temporal de aplicación de este compromiso, a saber, 6 meses desde la reanudación de la actividad, entendiéndose por reanudación la reincorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE, aun cuando ésta sea parcial o sólo afecte a parte de la plantilla. Por ello, puede que las empresas que apliquen desafectaciones vean finalizado este plazo antes que las empresas que mantengan la FM total hasta el 30/06/2020.
No se considerará incumplido dicho compromiso cuando el contrato se extinga por despido disciplinario declarado procedente, dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la persona trabajadora, ni por el fin del llamamiento de las personas con contrato fijo-discontinuo, siempre que suponga una interrupción y no un despido.
En particular, en el caso de contratos temporales el compromiso de mantenimiento del empleo no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenido o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación.
Se establecen, también, las siguientes consecuencias del incumplimiento al compromiso de mantenimiento de empleo: reintegro de la totalidad del importe de las cotizaciones exoneradas, con el recargo y los intereses de demora correspondientes, previa actuación al efecto de la ITSS que acredite el incumplimiento y determine los importes a reintegrar, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en la LISOS.
No resultará de aplicación el compromiso de mantenimiento del empleo en aquellas empresas en las que concurra riesgo de concurso de acreedores en los términos del artículo 5.2 de la Ley Concursal.
- MODIFICACIÓN DE LA VIGENCIA DEL REAL DECRETO-LEY 9/2020, DE 27 DE MARZO (en adelante RDL 9/2020)
El artículo 2 sobre “Medidas extraordinarias para la protección del empleo” (prohibición de los despidos), y el artículo 5 sobre “Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales”, mantendrán su vigencia hasta el 30/06/2020.
- COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Se crea una Comisión de Seguimiento tripartita laboral del proceso de desconfinamiento, que estará integrada por las personas al efecto designadas por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, CEOE, CEPYME, UGT y CCOO.
Para acceder al texto íntegro, pinche aquí: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4959