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El comercio electrónico en la UE necesita un IVA más simple

Una de las prioridades de la Comisión Europea es conseguir un mercado único digital, eliminando las barreras regulatorias para pasar de 28 mercados a un mercado único. Simplificar el IVA es una pieza clave en este proceso.

Con este objetivo, el pasado mes de diciembre, la Comisión Europea hizo pública una propuesta de modificación de la Directiva del IVA que afecta tanto a servicios como a bienes.

La propuesta de la Comisión ha tenido en cuenta la valoración de los resultados de la mini-ventanilla única que se introdujo en enero de 2015, y que se aplica a los servicios electrónicos prestados a consumidores finales (como por ejemplo, la venta de un juego o de música que se descargan a través de Internet).

Hay que recordar que desde 2015, los servicios electrónicos prestados a particulares tributan en el Estado miembro en el que el cliente esté ubicado, por lo que el prestador de los servicios tiene que repercutir el IVA del Estado miembro en el que esté ubicado su cliente. Además, tiene que cumplir con las normas del IVA específicas de ese Estado miembro, por ejemplo en relación a la facturación.

Los prestadores de los servicios tienen que declarar y pagar el IVA a las autoridades fiscales de los Estados miembros en los que estén ubicados sus clientes. Para ello tienen dos opciones: (i) registrarse a efectos del IVA en cada uno de esos Estados y presentar las declaraciones correspondientes o (ii) registrarse en el Estado en el que estén establecidos en el sistema de mini-ventanilla única. El sistema de mini-ventanilla única permite presentar una única declaración en la que se indica el IVA repercutido en cada Estado miembro. La Administración tributaria de ese Estado es la que transfiere el IVA a cada Estado miembro en el que la empresa ha vendido servicios electrónicos.

Tras el tiempo transcurrido, aunque la valoración global del sistema es positiva, también se ha demostrado que impone barreras importantes para las pequeñas y medianas empresas.

Por eso, la propuesta de la Comisión contiene medidas específicas que se aplicarían a partir del 1 de enero de 2018. Se introduce un umbral de volumen de operaciones de 10.000€ por debajo del cual, los servicios electrónicos prestados a particulares tributarán en el Estado Miembro del proveedor de los servicios (aunque pueden optar por el régimen general). Para las empresas que presten servicios electrónicos intracomunitarios por un importe inferior a 100.000€ al año, se simplifican sus obligaciones de recopilar pruebas sobre la ubicación de su cliente. Todos los operadores de comercio electrónico quedarán sujetos a las normas de facturación y contabilidad de su Estado, y no a las del lugar donde se ubica el consumidor, como hasta ahora.

En cuanto a bienes, hay tres razones claras por las que el actual sistema del IVA obstaculiza el comercio electrónico y por ello necesita un cambio.

La primera de ellas es la complejidad y el coste de cumplir las obligaciones del IVA. Cuando una empresa vende productos on-line a consumidores finales de otro Estado de la UE, haciéndose cargo del transporte y supera determinados umbrales de ventas en el Estado de destino (en España es 35.000 €) debe registrarse en ese Estado y repercutir el IVA de ese Estado.

En segundo lugar, el sistema actual no es neutral porque los proveedores de la UE están en clara desventaja frente a los de fuera de la UE, ya que éstos introducen sus productos sin IVA en la UE, muchas veces sin cumplir con las normas. Ahora están exentas del IVA las importaciones de bienes de valor que no exceda de 22€. Cuando un consumidor compra bienes on-line a empresas de países terceros, a veces, de forma fraudulenta, estas empresas venden bienes mucho más caros (como teléfonos o tabletas) como si su valor fuera inferior a 22€, y el consumidor final no paga el IVA por ellos.

La tercera razón es que los Estados miembro, están perdiendo ingresos del IVA (se estima que unos 5 billones de € al año), precisamente por la complejidad de las normas y porque no todos cumplen con ellas.

La Comisión propone algunos cambios que serían aplicables a partir de 2021. Se propone extender el sistema de mini-ventanilla única a las ventas a distancia de bienes (y a otros servicios). Además, se eliminarían los umbrales existentes para registrase en cada Estado de destino de los bienes y se pondría un único umbral para todos de 10.000 €, igual que el propuesto para los servicios electrónicos. Con estas medidas se facilitaría el cumplimiento de las obligaciones de los vendedores, reduciendo su coste y por tanto eliminando una de las actuales barreras.

Madrid
Lourdes Díaz-Barceló Directora de Fiscal