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Brexit en marcha: ¿y ahora qué?

Tras años de incertidumbre y prórrogas, el Brexit está a punto de materializarse. El Reino Unido saldrá legalmente de la Unión Europea a las 24:00 horas (hora española) de mañana. En ese momento comenzará un periodo transitorio de once meses que finalizará el 31 de diciembre. Durante este tiempo, el Reino Unido será -a todos los efectos- un miembro sin derecho a voto de la UE. Seguirá participando y rigiéndose por las normas de la UE (incluidas las nuevas), el mercado único, la unión aduanera, la libre circulación de personas y los programas comunitarios. Al día siguiente, 1 de febrero, se producirán pocos cambios. Pero será un momento idóneo para que las empresas ajusten sus planes para un ´Brexit completo´.  

Antes quedan por delante once meses en los que las empresas europeas seguirán teniendo pleno acceso al mercado y al libre comercio de impuestos con Reino Unido. El acuerdo de retirada obliga a los británicos a seguir cumpliendo sus acuerdos comerciales, lo que asegura las importaciones españolas a sus fronteras. Sin embargo, los acuerdos de Reino Unido con terceros países no están asegurados. De hecho, México y Egipto no han confirmado que los vayan a prorrogar. Y, aunque las directivas fiscales de la UE seguirán aplicándose en el Reino Unido durante el periodo de transición, existen algunas implicaciones tributarias que podrían acarrear riesgos potenciales.

Durante los primeros días del Brexit es importante, por tanto, identificar cualquier riesgo en materia fiscal que surja después del 31 de enero. Si tiene intereses en Reino Unido, tranquilice a sus clientes y a su personal, puesto que mañana no comienza un Brexit con todas sus consecuencias. En realidad, no cambia nada todavía. Sus empleados deben saber que la libre circulación continúa en vigor hasta el 31 de diciembre y que el Reino Unido ha garantizado que los ciudadanos de la UE que viven y trabajan actualmente en sus fronteras puedan permanecer junto a sus familias después de esa fecha si solicitan el denominado “settle status” o permiso de residencia indefinido.

¿Cuándo notaremos, por tanto, el Brexit? Cuando el periodo de tránsito finalice el próximo 31 de diciembre. El Gobierno de Reino Unido ha descartado cualquier prórroga y lo ha convertido en ley. Por tanto, las empresas deben desarrollar sus planes dando por sentado que el periodo de ejecución terminará según lo previsto. A partir de esa fecha, será necesaria la adopción de nuevos procesos de administración de aduanas; las empresas deberán tomar medidas para garantizar su cumplimiento y evaluar el impacto en su modelo de negocio.

Algunas barreras no arancelarias serán inevitables, así como la introducción de requisitos regulatorios adicionales en bienes y servicios. El Reino Unido introducirá además un sistema de inmigración común para ciudadanos de la UE y para ciudadanos de fuera de la UE. Adicionalmente se pondrán en marcha los acuerdos del protocolo de Irlanda del Norte, de manera que este país, con importantes activos españoles en él, formará parte tanto del régimen regulatorio, del territorio de aduanas y del IVA del Reino Unido, como de la unión aduanera de la UE, de su régimen de IVA y del mercado único de mercancías. Este estatus especial, que durará un mínimo de 6 años, significa que Irlanda del Norte tendrá un “Brexit suave”, pero que las relaciones comerciales entre Irlanda del Norte y Gran Bretaña estarán sujetas a algunos nuevos controles y requisitos administrativos. Téngalo en cuenta.

Durante todo 2020 el Reino Unido comenzará a diseñar una nueva relación con la UE, que se basará en el futuro en lo que consigan acordar. Si no lo hacen, su empresa deberá comerciar con Reino Unido con arreglo a los términos de la OMC, por lo que las empresas también deberían elaborar sus planes desde ya mismo para afrontar esta nueva realidad. Es cierto que queda mucho por decidir y que las negociaciones ya han comenzado, incluida la equivalencia de normas de servicios financieros, regímenes regulatorios, derechos de pesca, protección de datos y un acuerdo de libre comercio entre Europa y Reino Unido.

Ese acuerdo tiene como objetivo que no se apliquen aranceles y que no existan cuotas en las relaciones comerciales entre ambos, así como medidas que faciliten el comercio de servicios (reconociendo mutuamente titulaciones y acreditaciones). Independientemente de que ese acuerdo sea finalmente real y beneficioso, su organización debería prepararse en tres ámbitos: cambios en los procesos aduaneros y en las normas del IVA; barreras regulatorias, ya que, al estar fuera del mercado único, es probable que Reino Unido sea tratado como un país tercero en multitud de regulaciones; y alteraciones en las fronteras, con tensiones a partir del 31 de diciembre en procesos aduaneros y controles de productos en los camiones.

En resumen, tiene once meses de transitoriedad para proteger el valor de sus activos en Reino Unido. Para ello, revise cualquier plan que tenga para un Brexit sin acuerdo; en el caso de importaciones y exportaciones, adopte los procesos a los nuevos sistemas aduaneros, incluidos nuevos requisitos de cumplimiento para Irlanda del Norte; identifique sus puntos conflictivos y realice un seguimiento de ellos, adoptando un plan de mitigación de riesgos en caso de que se materialice el peor escenario posible.

En este tiempo también puede crear nuevo valor. ¿Qué necesitan sus clientes, proveedores, inversores y empleados durante este periodo de cambio? Hemos trabajado con clientes muy diferentes que han desarrollado distintos enfoques: unos que han evaluado el impacto del Brexit en sus clientes y sus necesidades; otros a los que el Brexit les ha afectado en medio de la compraventa de un negocio en Reino Unido; y otros que lo han aprovechado para mejorar sus cadenas de suministro.

Por último, optimice su modelo de negocio y sus procesos para el entorno post-Brexit. ¿Qué cambios debe adoptar para cumplir sus objetivos de la manera más eficaz y eficiente posible? ¿Qué oportunidades presenta el nuevo marco comercial que está diseñándose? Adopte también un enfoque tributario “integral” que evalúe los cambios operativos y de ubicación que sean necesarios. En definitiva, aproveche el Brexit no sólo para proteger y crear el valor de su empresa en Reino Unido, sino también para transformarlo.

 

Artículo publicado originalmente por el diario El Economista